Alcances de la potestad legislativa del Congreso de la República en la configuración de las inhabilidades para ser elegido concejal o diputado en Colombia. Estudio a partir de una línea jurisprudencial de la Corte Constitucional
Autor
Ramírez Ovalles, Luis Fernando
Institución
Resumen
El constituyente primario, en el artículo 152 de la Constitución Política Colombiana, estableció la existencia de la reserva de ley estatutaria para la regulación de determinados aspectos, siendo desarrollada por la jurisprudencia de la Corte Constitucional en múltiples ocasiones y sentencias posteriores, las cuales han establecido que esta reserva debe ser interpretada en forma restrictiva, entendiéndose esto como una procedencia excepcional y no general. En este sentido, surge una pregunta de especial importancia en lo que a la procedencia de este tipo de leyes se refiere, gracias a la expedición de la Ley 2200 de 2022, por medio de la cual se reguló el régimen departamental y en la que, además, se estableció el régimen de inhabilidades aplicables para ser diputado. ¿Podía el legislador regular el régimen de inhabilidades en el régimen departamental por medio de esta ley orgánica o existía reserva de ley estatutaria para este aspecto concreto? Buscando responder a esta interrogante, se procedió a la consulta y revisión de diferentes sentencias de la Corte Constitucional relacionadas con este tema, producto de lo cual surgió una línea jurisprudencial que da respuesta a este cuestionamiento y cuyos resultados se entregan por medio del presente escrito.