Los Convenios de la O.I.T. en el Ordenamiento Jurídico Colombiano. Una Perspectiva desde los Derechos Humanos Laborales.
Autor
Caviedes Castro, Diego Alejandro
Institución
Resumen
La Constitución de Colombia de 1991 establece que los Convenios O.I.T. que hayan sido objeto de ratificación harán parte integrante del cuerpo normativo constitucional, cuando reconocen derechos humanos, siempre y cuando no puedan ser restringidos en estados de excepción. En ese sentido, la Corte Constitucional consideró que si bien los convenios O.I.T. son normas internas, no todas se incorporan al bloque de constitucionalidad, ya que, algunos no regulan derechos humanos, asimismo, dijo que sería ella, quien determinaría que convenios O.I.T. integran tal bloque. Por otra parte, la Declaración Relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de 1998 de la O.I.T. precisó qué convenios eran fundamentales y por ende, aplicables al cualquier Estado por el sólo hecho de hacer parte de la O.I.T. En consecuencia, la investigación pretende responder si los convenios fundamentales del trabajo deben ser aplicados en Colombia sin ningún tipo de ratificación, así como si es posible acudir a otro tipo de convenios O.I.T., especialmente, aquellos que contienen Derechos Humanos Laborales.