Trabajo de grado - Maestría
La consulta popular como mecanismo de protección del medio ambiente y de los derechos ambientales: Estudio de caso Cajamarca (Tolima)
Registro en:
Universidad de Caldas
Repositorio de la Universidad de Caldas
Autor
Cortes Torres, Jairo Andres
Institución
Resumen
spa:La consulta popular en Colombia, se ha erigido como un mecanismo de participación, elevado al rango constitucional que ha permitido que las comunidades puedan tener la posibilidad de tomar decisiones en aspectos relevantes para su vida, frente a la explotación del subsuelo, el Estado es el competente y propietario para decidir en todo el territorio nacional, lo ha llevado en algunos casos, a desconocer la opinión de las comunidades que se asientan sobre los yacimientos, ello ha generado que la consulta popular, sea un mecanismo para que estas comunidades se pronuncien y decidan sobre permitir o no, proyectos de extracción de materias primas o minerales preciosos que consideran podrían afectar su derecho fundamental al medio ambiente sano. Lo anterior, ha generado todo tipo de pronunciamientos a favor o en contra de las decisiones adoptadas por la comunidad, no obstante a ello, dentro del sistema jurídico colombiano, no se habían generado tensiones en este aspecto toda vez que el Estado, desde su componente central, es quien toma decisiones, sin necesidad de consultarle a las comunidades, a pesar de que con el proyecto de extracción, se verán directamente afectados, es por ello que recientemente, la consulta popular ha tomado fuerza como en mecanismo de acceso a la justicia ambiental en sentido amplio, pues su ejercicio ha permitido brindar herramientas jurídicas a la comunidad como respuesta, a los imperativos que desde el gobierno central se realiza, respecto de la utilización del subsuelo en las comunidades, visibilizando su derecho a participar en las decisiones que afectan el medio ambiente y generando un contrapeso al poder que sobre esta materia tiene el Estado. eng:The consultative poll in Colombia, has emerged as a mechanism for participation,
elevated to the rank that he has allowed that communities may be able to make
decisions on aspects relevant to their lives, against the exploitation of the subsoil, the
State is the competent constitutional and owner to decide on all the national territory,
has led him in some cases ignored the opinion of communities that they sit on the
sites, it has generated that the referendum is a mechanism so that these communities
are pronounced and decide on allowing or not, materials mining projects premiums
or precious minerals that could affect their fundamental right to healthy environment.
Besides, has generated all kinds of pronouncements in favor or against decisions
taken by the community, however, within the Colombian legal system, tensions had
not generated in this aspect since the State, from its central component, is who takes
decisions without consulting the communities, the consultative poll has taken
strength as in mechanism of access to environmental justice in the broad sense, since
the exercise has allowed to provide legal tools to the community response, the
requirements that the central Government done, with respect to the use of the subsoil
in communities, making visible their right to participate in decisions affecting the
environment and creating a counterweight to the power which This area has the status. Introducción/ 1. Problema/ 2. Antecedentes de investigación/ 3. Reflexiones de investigación / 4. Unidades de análisis / 5. Hipótesis teórica / 5.1 Derechos ambientales/ 5.2 Democracia participativa / 5.3 Consulta popular para el acceso a la justicia ambiental/ 6. Resultados / 6.1.1 Consulta popular y protección de derechos ambientales/ 6.1.2 principios del derecho ambiental / 6.1.2.1 Principios preventivos / 6.1.2.2. Principio de desarrollo sostenible o principio de sustentabilidad/ 6.1.2.3 principio de precaución / 6.1.2.4 principio de prevención / 6.1.2.5 principios reparadores/ 6.1.2.6 principio de responsabilidad ambiental / 6.1.2.7 principio de contaminador-pagador/ 6.1.2.8 Corrección de las fuentes generadoras del daño/ 6.1.3 consulta popular en la protección de derechos / tabla 1. modificaciones en la consulta popular/ actores competentes para convocar la consulta popular y temas/ temas a discutir en la consulta popular / obligatoriedad de convocatoria / umbral mínimo de participación para la decisión/carácter de la / consulta popular/ obligatoriedad de la decisión / ley 42 de 1989 / el alcalde municipal, la tercera parte de los respectivos concejales, el 5% del censo electoral municipal, o la mitad de las juntas directivas de acción comunal del ámbito territorial correspondiente/ no hay disposición expresa. / obligatorio para todas las autoridades municipales en la órbita de su competencia, debiendo expedir los actos y disponer las medidas conducentes para el cabal cumplimiento y ejecución del objeto materia de la consulta, a partir de la publicación del resultado. / la mitad más uno de los votos depositados, sin fijar ningún umbral de participación. solo se podrían realizar dos veces al año (el primer domingo de los meses de abril y octubre) ./ con el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos/ constitución política 1991/ el presidente con la firma de todos sus ministros / sobre asuntos de trascendencia nacional/ es obligatoria para decidir sobre la conformación de nuevos departamentos; que un conjunto de municipios decida organizarse como área metropolitana y para constituir una provincia o integrarse a una ya existente. / Para el ingreso a una provincia ya constituida se deberá realizar una consulta popular en los municipios interesados/ carácter nacional, departamental y municipal. / La decisión de convocar a la a. c. se adopta con la aprobación de la tercera parte de la ciudadanía que integra el censo electoral. esta ley deberá pasar por el control formal de la corte constitucional. / con el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos/ gobernadores/ sobre temas de su competencia/ alcaldes/ el congreso de la república / para decidir sobre la oportunidad o no de convocar una asamblea constituyente con la competencia, el período y la composición que la misma ley determine/ c 73 sólo autoridad pública departamental, municipal, distrital o local, eliminando la posibilidad de que el presidente o el congreso pudieran convocarla/ para la creación de municipios y modificación de límites municipales/ (l.134/94) la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral/ con el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos/ con el voto afirmativo de la mayoría de los ciudadanos residentes en el territorio en conflicto. / Usos del suelo: cuando el desarrollo de proyectos de naturaleza turística, minera o de otro tipo amenace con crear un cambio significativo en el para uso del suelo, que dé lugar a una transformación en las actividades tradicionales de un municipio, se deberá realizar una consulta popular de conformidad con la ley. / (l.134/94) con el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos/ Ley 1757 de 2015 / los gobernadores y alcaldes, con la firma de los secretarios de despacho. / no hay disposición expresa. / cuando una iniciativa de consulta popular de origen ciudadano tenga el apoyo de más del 20% del respectivo censo electoral, se debe convocar directamente/ el diez por ciento (10%) de los ciudadanos que conforman el censo electoral del respectivo departamento, municipio o distrito. / el 5% de los ciudadanos que conforman el censo electoral nacional cuando es de carácter nacional&/ (l.134/94) con el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos/ sentencia su-095 de 2018 / se define que no es el mecanismo apropiado para temas extractivos. / 6.1.4 consulta popular en la protección de derechos ambientales/ 6.2 capitulo 2/ 6.2.1 la consulta popular como mecanismo para la protección de derechos colectivos ambientales según la jurisprudencia de la corte constitucional. / 6.2.1.1 la consulta popular en la protección de animales - conceptos de la cc en tauromaquia y espectáculo taurino. / 6.2.1.2 la consulta popular en la protección del ambiente - conceptos de la cc en uso de suelos/ 6.2.1.3 la consulta popular en la protección de recursos naturales como el agua y el aire - conceptos de la cc relacionados con el otorgamiento de licencias ambientales. / 6.2.2 la consulta popular como mecanismo para la protección de derechos colectivos ambientales según la jurisprudencia del consejo de estado. / 6.2.2.1 la consulta popular en la protección de animales – conceptos del ce en tauromaquia y espectáculo taurino. / 6.2.2.2 la consulta popular en la protección del ambiente- conceptos del ce en uso de suelos. / 6.2.2.3 la consulta popular en la protección de recursos naturales como el agua y el aire - conceptos del ce relacionados con el otorgamiento de licencias ambientales/ 6.2.3 tensiones entre los fallos de la corte constitucional y el consejo de estado entorno al alcance de la consulta popular en la defensa de derechos ambientales/ 6.2.3.1 carácter vinculante de las consultas populares/ tensiones generadas entre la corte constitucional y el consejo de estado respecto al uso de la consulta popular en la defensa de derechos ambientales/ 6.2.4 consecuencias de las tensiones generadas entre los fallos de la corte constitucional y el consejo de estado con relación a los alcances de la consulta popular en materia de derechos ambientales/ 6.2.5 dilemas administrativos frente a los resultados de la consulta popular/ 6.3 capitulo 3/ 6.3.1 sector extractivo en Colombia/ 6.3.2 contexto minero en el departamento del Tolima/ 6.3.3 impactos de la minería: proyecto la colosa/ 6.3.4 desarrollo de tensiones alrededor del proyecto la Colosa / 6.3.5 la consulta popular y su alcance jurídico en el caso Cajamarca/ 7. Conclusiones/ 8. referencias bibliográficas . Maestría Magister en Derecho Público