dc.creatorCossío Díaz, José́ Ramón
dc.date.accessioned2019-03-05T18:31:54Z
dc.date.available2019-03-05T18:31:54Z
dc.date.issued2008-07
dc.identifier1665-8639
dc.identifierhttp://repositorio.lasalle.mx/handle/123456789/428
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/2264457
dc.description.abstractEn el presente voto, el Ministro Cossío trata un tema fundamental en el contexto de las garantías procesales: la garantía de audiencia. Contra la opinión del resto de los integrantes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Ministro Cossío considera inconstitucional el artículo 198 del Código Fiscal por transgredir la mencionada garantía ya que, al no contemplar la figura de la prevención para regularizar la demanda presentada por el quejoso, deja a éste en total indefensión pues lo deja sin posibilidades de cuestionar la decisión del tribunal o de aportar nuevos elementos que apoyen la pretensión del actor en la referida demanda.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad La Salle, Facultad de Derecho
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/mx/
dc.rightsAcceso abierto
dc.subjectGarantías procesales
dc.subjectSentencia
dc.subjectMinistro
dc.subjectSuprema Corte de Justicia de la Nación
dc.titleVoto particular : la figura de la prevención y su relación con la garantía de audiencia
dc.typeannotation


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