Trabajo de grado - Maestría
El mandato de proporcionalidad en el esquema de sanciones previsto en el acuerdo final para la paz firmado por el gobierno colombiano y las fuerzas armadas revolucionarias de Colombia ejército del pueblo (FARC–EP).
Fecha
2022Autor
García Rangel, María Victoria
Institución
Resumen
Por medio de la presente investigación se evidencia la existencia de un mandato de proporcionalidad en el esquema de sanciones previsto
en el Acuerdo Final para la Paz suscrito entre el Gobierno Colombiano y las FARC- EP, el cual se aparta de la estructura que sobre este
principio se reconoce en el ordenamiento penal colombiano, en los instrumentos internacionales que hacen parte del Bloque de
Constitucionalidad y en las sentencias proferidas por la Corte Penal Internacional.
Esta mutación en las variables del mandato de proporcionalidad se fundamenta en la variación del fin de la pena, por cuanto las sanciones,
en el marco del Acuerdo para la Paz, ya no buscan prevenir la comisión de un nuevo delito, bajo una prevención especial y una prevención
general (teoría de la unión), sino que su fundamento se encuentra en la satisfacción de los derechos de las víctimas.
Es por ello, que bajo las nociones de justicia restaurativa, en el marco del período de transición en el que se encuentra el país, el mandato
de proporcionalidad previsto en el Acuerdo para la Paz determina que la sanción susceptible de imposición será igual al grado de
reconocimiento y reparación de los derechos de las víctimas. This paper presents evidence of the existence of a proportionality mandate in the sanctions scheme established in the Final Agreement
for Peace, signed between the Colombian Government and the Revolutionary Armed Forces of Colombia. This mandate departs from the
structure recognized in the Colombian penal system, as well as from international instruments, which are part of the country’s
Constitutional Block, that regulate matters of human rights or international humanitarian law, and even from sentences of the
International Criminal Court.
This mutation in the proportionality mandate is based on the variation of the purpose of conviction, since sanctions no longer seek to
punish the offender to prevent the commission of a new crime under special or general prevention (union theory developed by Roxin),
but its foundation is found in the satisfaction of victims’ rights.
Thus, under the notions of restorative justice, within the framework of the transition period in which the country finds itself, the
proportionality mandate determines that sanctions should be equal to the degree of recognition and reparation of the rights of the
victims, which includes: an exhaustive, detailed and full truth; remedial sanctions ordered by the Court for Peace, and guarantee of nonrepetition.