Trabajo de grado - Maestría
Alcance de las motivaciones de los fallos judiciales frente al reconocimiento de las colectividades o los ecosistemas ambientales como sujeto de derechos en Colombia
Registro en:
Universidad de Caldas
Repositorio Institucional Universidad de Caldas
Autor
Lasso Narváez, Ximena Andrea
Institución
Resumen
Ilustraciones spa:En la Constitución Política de Colombia actual no se ha establecido el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho, sino que ha sido mediante sentencias que se ha logrado avanzar en el tema. La omisión legislativa ha tenido como efecto que sea la Corte Constitucional quien determine con claridad dicho reconocimiento y su alcance en cada una de las acciones presentadas para su conocimiento. Se tomó como sentencia hito la T-622 de 2016 de la cual se han desprendido otros fallos en la mmisma línea jurisprudencial protegiendo los derechos ambientales. existe hay la posibilidad que se cambie el sentido de las decisiones mediante otra sentencia hito donde se avance o se retroceda en la protección de los derechos de la naturaleza. Por lo mismo, resulta imperativa la inclusión en la Constitución de Colombia del reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho y la regulación en una ley secundaria de diversas reglas para que sea eficaz la protección de los diversos derechos de la naturaleza. Por ello se ha efectuado un estudio de revisión de la jurisprudencia hito actual y fallos emitidos por la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional Colombiana y se ha podido determinar el Alcance de las Motivaciones de los Fallos Judiciales frente al reconocimiento de las colectividades o los ecosistemas ambientales como sujeto de derechos en Colombia y la incidencia de las motivaciones judiciales sobre la determinación de la categoría de los ecosistemas ambientales, en el contexto de las cuencas hidrográficas entre los jueces constitucionales y la justicia ordinaria. Un aspecto que sobresale es que los ecosistemas y cuencas hidrográficas son patrimonio natural y que debe ser protegido por las personas de la región, porque también son importantes para quienes habitan otras latitudes y lo serán para las generaciones futuras. La Corte Constitucional desde 1992 implementó el concepto de Constitución ecológica y en 2016 en la Sentencia T-622 desarrolló el concepto de derechos bioculturales. En la sentencia T-622 donde se considera al río Atrato sujeto de derecho se reconoce a su vez el derecho de los grupos indígenas y afrocolombianos de considerar a la naturaleza como sujeto y no como objeto. Se puede observar como la corriente garantista de derechos ambientales de últimas décadas ha venido del sur del continente entre Perú y Ecuador, Perú, siendo impulsadas por la Sentencia Hito del año 2016 por lo que el activismo judicial del 2016 ha servido para que los derechos de la naturaleza y el alcance de los fallos judiciales en su protección vayan buscando asiento en la legislación colombiana como lo fue el a Nariño a través de la declaración de Decreto 348 de 2019. Entre los ecosistemas protegidos están el río Atrato (Chocó), Cauca, Magdalena, Quindío, Pance (Valle del Cauca), La Plata (Huila), Otún (Risaralda), el páramo de Pisba (Boyacá), la región de la Amazonia colombiana, los afluentes Coello, Combeima y Cocora (Tolima) y el Vía Parque Isla de Salamanca (Magdalena). no obstante, a Colombia aún le falta desarrollar aún más una única perspectiva de la naturaleza como sujeto de derecho. Y aunque sus pasos han sido grandes y los pasos dados pueden derivar en más acciones en la medida que los legisladores, juristas y la ciudadanía comprenda la importancia de establecer una nueva relación con la naturaleza y lo temporal que somos en comparación con el tiempo de la Tierra. Se busca que una vez definida la naturaleza sujeta de derechos se debe especificar con claridad cuáles son esos derechos: protección, conservación, mantenimiento y restauración. Aunque todavía se pueden identificar más derechos de los ecosistemas, pero es un avance y aporte para otros países. También consideran la importancia de la participación de la comunidad en las decisiones de la Corte pero falta que la autoridad realmente considere esa participación en diversas accione ya que la Corte Suprema al emitir sus fallos sobre sujetos de derechos ambientales, no está considerando los derechos intrínsecos de los ecosistemas ambientales, sino que prevalece solo una idea de los derechos humanos (solo del hombre) lo cual puede variar frente a si los fallos los emite un juez constitucional, ya que podría tener móviles distintos para emitir sus fallos. Se considera que se comprobó debido a que en la tutela que presentaron los 25 jóvenes manifestaron la amenaza de sus derechos a la vida digna, a la salud y a la alimentación. Por lo mismo, todavía está de por medio que afecte a derechos de los seres humanos y abre un vacío cuando se puede alegar que solo afecta los derechos de la naturaleza. eng:In the current Political Constitution of Colombia, the recognition of nature as a subject of law has not been established, but it has been through sentences that progress has been made on the subject. The legislative omission has had the effect that it is the Constitutional Court that clearly determines said recognition and its scope in each of the actions presented for its knowledge. T-622 of 2016 was taken as a milestone sentence from which other rulings have emerged in the same line of jurisprudence protecting environmental rights. There is a possibility that the meaning of the decisions will be changed by means of another milestone sentence where the protection of the rights of nature is advanced or regressed. For this reason, it is imperative to include in the Colombian Constitution the recognition of nature as a subject of law and the regulation in a secondary law of various rules so that the protection of the various rights of nature is effective. For this reason, a review study of the current milestone jurisprudence and rulings issued by the Supreme Court of Justice and the Colombian Constitutional Court has been carried out and it has been possible to determine the Scope of the Motivations of the Judicial Decisions against the recognition of the communities or the environmental ecosystems as a subject of rights in Colombia and the incidence of judicial motivations on the determination of the category of environmental ecosystems, in the context of hydrographic basins between constitutional judges and ordinary justice. One aspect that stands out is that the ecosystems and hydrographic basins are natural heritage and must be protected by the people of the region, because they are also important for those who inhabit other latitudes and will be for future generations. Since 1992, the Constitutional Court implemented the concept of an ecological Constitution and in 2016, in Sentence T-622, it developed the concept of biocultural rights. In judgment T-622, where the Atrato River is considered a subject of law, the right of indigenous and Afro-Colombian groups to consider nature as a subject and not as an object is also recognized. It can be seen how the current guarantee of environmental rights in recent decades has come from the south of the continent between Peru and Ecuador, Peru, being driven by the Milestone Sentence of the year 2016, for which the judicial activism of 2016 has served so that the rights of the nature and scope of the judicial rulings in its protection are looking for a seat in Colombian legislation as it was in Nariño through the declaration of Decree 348 of 2019, for this reason among the protected ecosystems are the Atrato River (Chocó), Cauca, Magdalena, Quindío, Pance (Valle del Cauca), La Plata (Huila), Otún (Risaralda), the Pisba páramo (Boyacá), the Colombian Amazon región, the Coello, Combeima and Cocora tributaries (Tolima) and the Via Parque Isla de Salamanca (Magdalena). However, Colombia still needs to further develop a single perspective of nature as a subject of law. And although his steps have been great and the steps taken may lead to more actions to the extent that legislators, jurists and citizens understand the importance of establishing a new relationship with nature and how temporary we are compared to the time of the Land. And that in case Mother Earth is in danger, it will also happen with men. It is sought that once the subject nature of rights has been defined, it must be clearly specified what those rights are: protection, conservation, maintenance and restoration. Although more ecosystem rights can still be identified, it is an advance and a contribution to other countries. They also consider the importance of community participation in the Court's decisions, but the authority needs to really consider that participation in various actions, since the Supreme Court, when issuing its rulings on subjects of environmental rights, is not considering the intrinsic rights of environmental ecosystems, but only an idea of human rights (only of man) prevails, which may vary compared to whether the rulings are issued by a constitutional judge, since they could have different motives to issue their rulings. It is considered that it was verified because in the guardianship presented by the 25 young people they manifested the threat of their rights to a dignified life, to health and to food. For the same reason, it is still in the way that it affects the rights of human beings and opens a vacuum when it can be argued that it only affects the rights of nature. Título del trabajo / Introducción / Planteamiento del problema / Pregunta de investigación / Supuesto o afirmación / Objetivos de la investigación / Objetivo general / Objetivos específicos / Justificación / Marco teórico / Sistema de control jurisdiccional de constitucionalidad / Sujetos de derechos / Colectividades / Ecosistema / Medio ambiente / Diseño metodológico / Plan análisis de la información / Cronograma / Capítulo I. Principales conceptos ambientales / 1.1 El Derecho Ambiental / 1.2 El medio ambiente / 1.3 Ecosistemas ambientales / 1.4 Cuencas hidrográficas / 1.5 Sujetos de derecho / Capítulo II / Revisión de las Sentencias de Atrato y de Amazonía colombiana / 2.1 Método empleado para el análisis de las sentencias / 2.2 Visiones de la naturaleza en Colombia / 2.3 Análisis de sentencias / Capítulo III. / Relevancia de los fallos judiciales sobre el reconocimiento de los ecosistemas ambientales / 3.1 Pacha Mama, naturaleza y sumak kawsay / 3.2 Derechos de Pacha Mama y Sumak Kewsay en la Constitución de Ecuador de 2008 / 3.3 Derechos de Pacha Mama y suma gamaña en la Constitución Política del Estado de Bolivia de 2009 / 3.4 Relevancia de los fallos judiciales / Conclusiones / Referencias / Anexos / Anexo A. Bitácora o registro de observación / Anexo B. Concentrado del registro de observación / Anexo C. Análisis de la Sentencia de la Corte Constitucional T-622/16 / Anexo D. Análisis de la Sentencia STC 4360-2018.Alcance de las motivaciones de los fallos judiciales frente al reconocimiento de las colectividades o los ecosistemas ambientales como sujeto de derechos en Colombia Maestría Magister en Derecho Público