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PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD EN LA VIOLENCIA Y MALTRATO FÍSICO A LA MUJER
Registro en:
10.37260/rctd.v4i7.103
Autor
Gamio Oré, César Augusto
Institución
Resumen
Objetivo. Analizar normas legales sobre la concesión del principio de oportunidad al o a los autores, sujetos activos de laviolencia psicológica y maltrato físico a la mujer, con relación al principio constitucional sobre los derechos y el respecto ala dignidad de la persona humana como fin supremo de la sociedad y del Estado. Materiales y Método. Se han tomadoen consideración la historia legislativa así como los antecedentes constituidos por las publicaciones televisadas, escritas,marchas en las primeras décadas del presente año de 2018, además, los antecedentes del pasado-epistemología- sobre eltrato a la mujer. Método, análisis jurídico. Resultados: El resultado del presente trabajo de investigación es, la observanciadel artículo primero de la Constitución Política del Estado vigente, sin ninguna variación, en cuanto a los atentados contra losderechos y la dignidad de la mujer, como fin supremo de la sociedad y del Estado, base de la sociedad familiar. Conclusiones:La única forma de salvar los derechos y la dignidad de la mujer, será la no aplicación del principio de oportunidad en los casosviolencia psicológica y el maltrato físico a la mujer, por constituir delito que el Estatuto de Roma define como el crimencometido generalizado o sistemático, de un conjunto de actos antisociales dentro de los cuales podemos señalar las queatentan con la violencia y maltrato físico a la mujer: Tortura, violación sexual, embarazo forzado, prostitución forzada, etc.