dc.creatorCámara de Comercio de Bogotá
dc.creatorVicepresidencia de Servicios Registrales
dc.date2015-08-31T21:53:08Z
dc.date2015-08-31T21:53:08Z
dc.date2015-04-06
dc.date.accessioned2023-08-29T13:41:55Z
dc.date.available2023-08-29T13:41:55Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/13514
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8500631
dc.descriptionEl recurrente afirma que hubo irregularidades en el quórum para la elección de los miembros de la junta directiva y afirma que no hubo elección de suplentes siendo esto necesario según los estatutos. Servicios registrales
dc.descriptionControl de legalidad- Juntas Directivas- es preciso señalar que el control que hacen las cámaras de comercio en relación con la elección de órganos colegiados, no puede ir mas allá del simple hecho de verificar que las personas nombradas no superen el número de personas que pueden ocupar dichos cargos, por lo tanto, no existe causal legal alguna, que permita a las entidades registrales a abstenerse de inscribir el nombramiento de una junta directiva, si la misma no es elegida de manera completa o como nos compete en este caso, si solamente son elegidos los miembros principales y no sus suplentes.
dc.descriptionResoluciones
dc.descriptionCONFIRMA REGISTRO DEL ACTA
dc.formatapplication/pdf
dc.publisherBogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2015
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá
dc.subjectQuórum
dc.subjectJuntas de accionistas
dc.subjectActos administrativos
dc.subjectCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones
dc.subjectArtículo 189 Código de Comercio
dc.titleResolución 069 de 2015 ¿Qué tipo de formalidades verifica la Cámara de Comercio en los nombramientos de junta directiva? ¿Puede la Cámara de Comercio abstenerse de registrar los nombramientos de órganos colegiados cuando no se nombra la junta de forma completa?


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