dc.creatorCámara de Comercio de Bogotá
dc.creatorVicepresidencia de Servicios Registrales
dc.date2018-03-01T16:30:56Z
dc.date2018-03-01T16:30:56Z
dc.date2017-04-07
dc.date.accessioned2023-08-29T12:43:45Z
dc.date.available2023-08-29T12:43:45Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/19734
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8493411
dc.descriptionRecurso de Reposición y en subsidio de Apelación en contra del acto de mediante el cual se inscribió el acta de la asamblea constitutiva del 21 de julio de 2016, mediante la cual se constituyó una entidad sin ánimo de lucro y se nombró la junta directiva y los representantes legales.
dc.descriptionLas cámaras de comercio no verifican las facultades de los órganos y/o las personas que constituyan una entidad sin ánimo de lucro, ya que tal función no les ha sido delegada por ley, por lo tanto, no era viable que esta entidad se abstuviera de inscribir la constitución de la entidad sin ánimo de lucro.
dc.descriptionResoluciones
dc.descriptionConfirma el acto administrativo
dc.formatapplication/pdf
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectFacultades de los órganos
dc.subjectSin ánimo de lucro
dc.subjectConstitución
dc.subjectArtículo 429 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 189 Código de Comercio
dc.subjectDecreto 2150 de 1995
dc.subjectDecreto 427 de 1996
dc.subjectCircular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio No. 02 de 23 de noviembre de 2016
dc.titleResolución 059 de 07 de abril de 2017 CCB ¿Las cámaras de comercio tiene la facultad de verificar las facultades de los órganos y/o las personas que constituyen una entidad sin ánimo de lucro Dentro del marco de las reuniones de segunda convocatoria?


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