Resolución 016 de 8 de febrero de 2016 CCB ¿De qué manera puedan realizarse las correcciones a las actas inscritas en el registro mercantil?
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
Institución
Resumen
Recurso de reposición y en subsidio de apelación contra el acto administrativo de registro del acta de la asamblea de accionistas de una sociedad, mediante la cual se nombró representante legal.
Manifiesta el recurrente que la reunión llevada a cabo, no es de las llamadas universales o por derecho propio, si no que se trató de una reunión extraordinaria y que no se realizó una debida convocatoria.
Una vez efectuados los traslados correspondientes, el gerente de la sociedad manifiesta que hay ausencia de requisitos formales, solo errores de transcripción. Corrección de errores cometidos en el acta – Artículo 131 del decreto 2649 de 1993 -. Frente a los posibles errores contenidos en el acta inscrita materia del recurso, debemos señalar que es obligación de los comerciantes presentar para registro las actas aclaratorias y/o adicionales de aquellas que se encuentren inscritas, bien porque se omitió un dato exigido por la ley o bien porque se debe dejar constancia de la aprobación de una decisión, lo anteriores conforme lo señalado en el artículo 131 del decreto 2649 de 1993. Resoluciones Confirmar el acto administrativo de registro.