bachelorThesis
Las exenciones tributarias de las instituciones educativas de carácter privado y su vulneración al principio tributario de proporcionalidad.
Autor
Valarezo Arellano, Ángel
Institución
Resumen
This thesis was born in order to carry out a legal and doctrinal in the constitution
and the Tax System on exemptions from private educational institutions to
income tax, and the inapplicability of the Principle of Proportionality tax.
As we all know today arise conformations creations or private educational
institutions whose sole purpose is to gain profit, but not an established social
order, so that these institutions should pay income tax because of the exquisite
utilities obtained.
Payment of fess and pension income is great for those institutions, the same as
most of the usefulness of it is reinvested in the same institution, and should not
be subject to exemption from income tax.
Because of this private education has become a company considering the
student as another client, whose only goal is to provide social status, but not
quality education.
Therefore it is necessary to reform the tax code in Article 35 no. 4 for these
private educational institutions pay taxes like all natural and legal persons, to
evade and avoid taxes and that its creators continue to benefit from this
loophole in the code. La presente tesis, nace con la finalidad de realizar un estudio jurídico y
doctrinario en la Constitución y en el Régimen Tributario sobre las exenciones
de las Instituciones Educativas Privadas al impuesto a la renta, y sobre la
inaplicabilidad del Principio Tributario de Proporcionalidad.
Como todos sabemos hoy en día surgen las creaciones o conformaciones de
instituciones educativas privadas cuyo único fin es el de obtener fines de lucro,
mas no un fin social establecido, por lo que estas instituciones deberían pagar
el impuesto a la renta debido a las exquisitas utilidades que obtienen.
El pago de matrículas y el de pensiones es un ingreso grande para dichas
instituciones, el mismo que en su mayoría la utilidad de la misma no es
reinvertida en la misma institución, por lo que no deberían estar sujetas a la
exoneración del impuesto a la renta.
Debido a esto la educación privada se ha convertido en una empresa
considerando el estudiante como un cliente más, cuyo único objetivo es dar un
status social, más no una educación de calidad.
Por eso es necesario hacer una reforma en el Código tributario en el Art. 35
núm. 4 para que estas Instituciones Educativas Privadas tributen como todas
las personas naturales y jurídicas, y así evitar que evadan impuestos y que sus
creadores se sigan beneficiando por este vacío jurídico en dicho código