Artículo de revista
Breve análisis sobre la tutela de los derechos humanos en el orden constitucional Venezolano
Fecha
2021-09-09Registro en:
10.14718/10.14718/NovumJus.2021.15.2.6
2500-8692
1692-6013
Autor
Pinho De Oliveira, Maria
Institución
Resumen
El análisis de la tutela judicial efectiva de los derechos humanos puede hacerse desde diferentes perspectivas, como el derecho constitucional y el derecho procesal, por nombrar algunas de ellas, pero el más importante es el enfoque jurisprudencial. El propósito de esta investigación es presentar una breve revisión sobre la tutela de los derechos humanos en el orden constitucional venezolano. Se busca precisar el alcance constitucional venezolano de la tutela judicial, así como la tutela de los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales y su reconocimiento en la Carta Magna. El principal problema radica en el reconocimiento de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, ya que implica dos consecuencias: i) la nulidad de los actos del poder público que contravengan las normas de dichos tratados, en el sentido del Artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y ii) el deber de los jueces de garantizar la integridad de los tratados sobre derechos humanos ratificados por Venezuela. Se aplicó el método hermenéutico para la revisión de sentencias sobre el tema. Se observa que debe proponerse una adecuación del ordenamiento jurídico venezolano para asegurar la efectividad de tales derechos que implícitamente son reconocidos, sin importar que se encuentren taxativamente enunciados en las normativas nacionales. Recae en los jueces la función de ser garantes del cumplimiento de tal tutela. The analysis of the effective judicial protection of human rights can be carried out from different perspectives: constitutional law, procedural law, to name a few. The hermeneutic method was applied for the review of judgements on the subject. It is pointed out that an adaptation of the Venezuelan legal system must be proposed to ensure the effectiveness of such that are implicitly recognized, regardless of whether they are exhaustively enunciated in national regulations. It is then up to the judges to be guarantors of compliance with the protection of human rights.