dc.contributorTello Villanueva, Juan Carlos
dc.creatorChávez Marín, Ariana Deniss
dc.date.accessioned2023-05-18T16:31:56Z
dc.date.accessioned2023-06-01T23:21:59Z
dc.date.available2023-05-18T16:31:56Z
dc.date.available2023-06-01T23:21:59Z
dc.date.created2023-05-18T16:31:56Z
dc.date.issued2023-04-14
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/20.500.14074/5754
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6533123
dc.description.abstractRESUMEN En el Distrito Judicial de Cajamarca, el delito de Usurpación regulado en el artículo 202º del Código Penal, constituye uno de los delitos cuya formalización y continuación de la investigación preparatoria es muy reducida, siendo el 2013, el año con el mayor número de denuncias por este delito y a la vez, con el mayor número de archivo de investigaciones, luego de haber realizado las primeras diligencias. Es así que, en algunas de estas Disposiciones se pudo observar la existencia de una indebida motivación, hecho que captó la atención de la investigadora. La hipótesis formulada en la presente investigación, sostenía que la razones jurídicas por las que se vulneró el principio de debida motivación en las Disposiciones de Archivo correspondientes a investigaciones sobre el delito de Usurpación seguidas por las Fiscalías de Cajamarca- Sede, durante el 2013, son: a) La ausencia del análisis previo de los elementos del tipo penal de Usurpación; b) La falta de valoración conjunta de los elementos de convicción obtenidos en las diligencias preliminares; y c) La incorrecta utilización del principio de mínima intervención del Derecho Penal. Es así que, se procedió al análisis de 63 Disposiciones Fiscales. Luego del análisis minucioso de cada una de ellas, se pudo concluir que, en 60 de ellas (95.24%) existió la ausencia de análisis de los elementos del tipo penal y/o la falta de valoración conjunta de los elementos del tipo penal y/o la incorrecta utilización del principio de mínima intervención del Derecho Penal, vulnerando el principio de debida motivación, ya sea a través de falta de motivación interna, falta de motivación externa, motivación insuficiente, motivación aparente y motivación incongruente, lo que constituye una clara afectación a la tutela procesal efectiva como parte de la corriente filosófica del garantismo procesal; confirmándose la hipótesis planteada.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Nacional de Cajamarca
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
dc.sourceUniversidad Nacional de Cajamarca
dc.sourceRepositorio Institucional - UNC
dc.subjectmínima intervención del derecho penal
dc.subjectelementos del tipo penal
dc.subjectelementos de convicción
dc.subjectdebida motivación
dc.subjectgarantismo
dc.titleRazones jurídicas por las que se vulneró el principio de debida motivación en las investigaciones por el delito de usurpación ante las fiscalías de Cajamarca sede- 2013
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesis


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