dc.contributorSantander Gidi, José Antonio
dc.creatorSanzana Pezo, Paula
dc.date2016-08-17T09:59:21Z
dc.date2016-08-17T09:59:21Z
dc.date2016
dc.date.accessioned2022-12-20T23:28:33Z
dc.date.available2022-12-20T23:28:33Z
dc.identifierhttp://repositoriodigital.ucsc.cl/handle/25022009/931
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/5427481
dc.descriptionEl presente trabajo busca responder algunas interrogantes que eventualmente podrían presentarse una vez que la persona titular del seguro de cesantía que establece la Ley 19.728 fallezca durante su vida laboral (cotizante activo), estando protegido por dicho seguro, sin que haya designado beneficiario; si es que aquellas personas que conviven con él, sin mediar un vínculo jurídico, pueden ser titulares activos para el retiro de los fondos que el cotizante haya acumulado en su cuenta, además, indagar como es el tratamiento que ha de dársele a quienes contraigan el nuevo estado civil de conviviente en relación al mismo tema.
dc.languagees
dc.publisherUniversidad Católica de la Santísima Concepción
dc.subjectAcuerdo de Unión Civil
dc.subjectSubsidios de cesantía - Chile
dc.titleSeguro de cesantía: destino de los fondos en caso del fallecimiento del titular ¿protege el seguro de cesantía las uniones de hecho?
dc.typeTesis


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