info:eu-repo/semantics/article
The Relative indeterminacy of the inexcusable error and the effect on judicial independence
La Relativa indeterminación del error inexcusable y la afectación a la independencia judicial
Autor
Reyna Zambrano, María Yokir
Institución
Resumen
Scientific reflection on ruling 3-19-CN / 20 has a philosophical-legal impact since it allows us to recognize that inexcusable error is a term without definition in the Ecuadorian legal system, used by the Council of the Judiciary, based on of the 2011 reforms to dismiss judges within a bureaucratic model, bypassing the jurisdictional power to resolve conflicts autonomously and independently, without internal or external interference, as a guarantee of protection. Criticisms from national and international organizations regarding interference in the justice system are constant. The National and Constitutional Court have ruled, the latter called for knowledge of an extraordinary protection action, which through judgment 3-19-CN / 20, resolved in a relative way the conditional constitutionality of the inexcusable error, after establishing differences between fraud, manifest negligence and inexcusable error. In its analysis, it resolves that the determination of the inexcusable error is the exclusive power of a higher level judge and not of the Council of the Judiciary, since there are rights that are under discussion. The inexcusable error is analyzed through a qualitative approach based on the documentary-bibliographic technique. The findings show that it is necessary for the judge to be autonomous in his decisions, as long as he does not fall into manifest negligence derived from arbitrariness in his actions. It concludes on the need to define the inexcusable error on the part of the legislator, to avoid affecting the justice system, and the security of citizens, judicial servants and judges. La reflexión científica sobre la sentencia 3-19-CN/20 tiene un impacto de orden filosófico-jurídico ya que permite reconocer que el error inexcusable es un término sin definición en el sistema jurídico ecuatoriano, utilizado por el Consejo de la Judicatura, a partir de las reformas del 2011 para destituir a jueces dentro de un modelo burocrático, soslayando la potestad jurisdiccional de resolver conflictos de forma autónoma e independiente, sin interferencias internas o externas, como una garantía de protección. Las críticas de organismos nacionales e internacionales respecto a la injerencia en el sistema de justicia son constantes. La Corte Nacional y Constitucional se han pronunciado, esta última avocó conocimiento de una acción extraordinaria de protección, misma que mediante sentencia 3-19-CN/20, resolvió de forma relativa la constitucionalidad condicionada del error inexcusable, luego de establecer diferencias entre dolo, manifiesta negligencia y error inexcusable. En su análisis, resuelve que la determinación del error inexcusable es potestad exclusiva de un juez de nivel superior y no del Consejo de la Judicatura, por cuanto existen derechos que están en discusión. Se analiza el error inexcusable a través de un enfoque cualitativo en base a la técnica documental-bibliográfica. Los hallazgos muestran necesario que el juez sea autónomo en sus decisiones, siempre que no caiga en manifiesta negligencia derivada de la arbitrariedad en sus actuaciones. Se concluye en la necesidad de definir el error inexcusable por parte del legislador, para evitar afectar el sistema de justicia, y la seguridad de la ciudadanía, de los servidores judiciales y jueces.