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El debido proceso en las investigaciones realizadas por las comisiones investigadoras del congreso peruano en los años 2012 a 2017
Fecha
2019Autor
Loyaga Flores, Tania Griselda
Institución
Resumen
RESUMEN
La presente investigación se basa en los procedimientos de acusación constitucional, procedimientos sancionatorios a cargo de la Comisión de Ética, así como los procedimientos de control político que realizan las Comisiones Investigadoras del Congreso peruano y que han sido cuestionados ante el Poder judicial y/o Tribunal Constitucional, durante los años 2012 a 2017, a fin de analizar cómo se ha aplicado el debido proceso y luego de ello, determinar si las Comisiones Investigadoras deben garantizar plenamente los derechos que conforman el debido proceso.
La investigación se desarrolló en dos fases, la primera que comprende el análisis doctrinario y legal del tema y la segunda referida al trabajo de campo, efectuado a través de la aplicación de encuestas a veinte abogados especialistas en Derecho Constitucional, y/o Administrativo de la ciudad de Trujillo; así mismo el estudio de cuatro casos de investigaciones parlamentarias que fueron cuestionadas ante el Poder Judicial y Tribunal Constitucional.
Para la recolección de los datos se utilizaron las técnicas de acopio documental: la encuesta y el fichaje; elaborándose diversos instrumentos como: las hojas de registro, fichas y cuadernillos de encuestas. Para el estudio de la información se utilizaron diversos métodos, entre ellos el método analítico, sintético, inductivo, deductivo, hermenéutico y sistemático. Para la organización de la información y su presentación se emplearon tablas de frecuencias estadísticas.
Los resultados obtenidos advirtieron, que en sede parlamentaria también debe garantizarse el derecho al debido proceso, en lo que concierne a los procedimientos de levantamiento de la inmunidad parlamentaria, acusación constitucional (juicio y antejuicio político), así como, en los procedimientos de investigación a cargo de las Comisiones de Ética, de manera plena, por el contrario, en los procedimientos a cargo de las Comisiones Investigadoras los derechos que conforman el debido proceso deben ser observados en un grado mínimo o esencial, en atención a que por su naturaleza política sus decisiones no son vinculantes para el parlamento ni para los órganos jurisdiccionales y a fin de garantizar la finalidad de control político del parlamento.