dc.creatorDoyharcabal Casse, Solange
dc.creatorSchmidt Hott, Claudia
dc.creatorMerino Scheihing, Francisco
dc.date.accessioned2017-11-28T19:11:36Z
dc.date.accessioned2022-10-18T15:00:02Z
dc.date.available2017-11-28T19:11:36Z
dc.date.available2022-10-18T15:00:02Z
dc.date.created2017-11-28T19:11:36Z
dc.date.issued1991
dc.identifierTemas de Derecho Año VI Nº 2 Julio - Diciembre 1991 pp. 37 - 76
dc.identifier07163908
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12743/344
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4445830
dc.description.abstractSi bien el principal objetivo de nuestro trabajo fue buscar una protección legal y general de los derechos de la personalidad en el campo civil, habría sido incompleto si no hubiéramos ideado al mismo tiempo un mecanismo práctico y eficaz. En cuanto al procedimiento, nos remitimos al del juicio sumario, pero dentro de él, siguiendo las mismas ideas plasmadas en el artículo 75 del Código Civil, dándole al Juez amplias facultades para adoptar las medidas que él estime convenientes, a objeto de hacer efectiva la protección de tales derechos. En cuanto al titular de la acción, consideramos necesario que ésta pueda ser intentada por cualquiera persona; y, por último, en cuanto al plazo en que esta acción debe intentarse, es necesario distinguir si la amenaza está o no consumada. Si el daño se ha producido, el plazo es de sesenta días fatales que se cuentan desde la perpetración del hecho. Se trata sin duda de un plazo de caducidad. En cambio, si la amenaza no está consumada, la acción puede intentarse como preventiva mientras ésta subsista.
dc.languagees
dc.publisherUniversidad Gabriela Mistral
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nd/3.0/us/
dc.rightsAttribution-NoDerivs 3.0 United States
dc.subjectDerechos humanos Chile
dc.subjectDerechos constitucionales
dc.subjectDerecho comparado
dc.titleProyecto de ley sobre protección a los derechos de la personalidad
dc.typeArtículos de revistas


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