dc.description.abstract | La importancia que reviste el arraigo, como medida de protección de los menores, es enorme. Demás está recordar los innumerables casos de padre o madre que han perdido todo contacto con sus hijos, encontrándose éstos últimos en territorio extranjero, ya sea por salidas clandestinas del territorio de Chile, por uso de pasaportes falsos, o bien porque han salido del país autorizados por su padre o madre, en compañía del otro progenitor, por un plazo determinado y no han regresado más, configurándose una retención ilícita del menor en país extranjero.
Si bien es cierto nuestro ordenamiento jurídico, y concretamente la Convención sobre Secuestro Internacional de Menores, franquea los mecanismos legales para localizar al menor y
obtener su pronto regreso al país de origen, no es menos cierto que, una vez que se logra este objetivo, no existen garantías legales para evitar que estas situaciones se repitan en el futuro.
De esta forma el arraigo se presenta, en la legislación de menores, como la única vía para asegurar la permanencia del menor en el territorio nacional, y así permitir a los padres ejercer
libremente los derechos de tuición y visitas que eventualmente le correspondan. | |