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Jurisprudencia y control de convencionalidad
Autor
ANA PAULINA ORTEGA ROSADO
Institución
Resumen
La operación mediante la cual un juez resuelve un problema jurídico es distinta de la operación de justificación del mismo. Juan Abelardo Hernández Franco explica que es en un momento racional inconsciente, por medio de la intuición, cuando el juzgador resuelve el problema que se le plantea utilizando el bagaje de experiencia que ha acumulado a lo largo de su vida, una especie de fondo de respuestas, producto del ensayo y error, que conserva almacenada en su mente. Después de este momento, ocurre una etapa consciente mediante la cual el juzgador debe expresar de una forma clara su idea total, organizando simbólicamente los términos del lenguaje y llevar a cabo una justificación de su respuesta (argumentación). La jurisprudencia como decisión judicial, integra ese cúmulo de experiencia que inconscientemente utilizan los jueces para decidir los casos que se les presentan, y también, como criterio obligatorio, comprende el contenido jurídico empleado al fundamentar sus resoluciones. No hay duda entonces que la jurisprudencia es una herramienta elemental en la actividad de juzgar, sin embargo ¿hasta qué punto el juez se encuentra obligado a recurrir a ellas para resolver un asunto?, ¿existe un límite o excepción a esta obligación?