dc.creatorGuzman Brito,Alejandro
dc.date2008-06-01
dc.date.accessioned2017-03-07T16:12:34Z
dc.date.available2017-03-07T16:12:34Z
dc.identifierhttp://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-68512008000100002
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/397841
dc.descriptionEl artículo 11 de la nueva Ley deprenda sin desplazamiento (2007) contiene la figura de una prenda sobre conjuntos que autoriza al pignorante para convertir sus originales componentes en bienes ulteriormente manufacturados, que quedan sometidos a un prenda legal, bajo la previsión de que el conjunto ha de ser recargado con nuevos componentes, que también quedan pignorados por subrogación de los elementos que se reemplazaron. La nueva norma sustituye la pignoración de existencias, contenida en la Ley N° 18.112. Pero la prenda que configura viene montada sobre la noción de universalidad de hecho, que da una importante base dogmática para explicar sus consecuencias legales y extraer consecuencias no declaradas en el texto de la ley. El trabaj o examina exhaustivamente el régimen de esta nueva prenda.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherEdiciones Universitarias de Valparaíso
dc.sourceRevista de derecho (Valparaíso) n.30 2008
dc.subjectPrenda
dc.subjectprenda sin desplazamiento
dc.subjectprenda de universaudades de hecho
dc.subjectprenda de grupos de bienes de una misma clases
dc.titleLa pignoración de grupos de bienes de una misma clase o universalidades de hecho en la nueva "ley de prenda sin desplazamiento"
dc.typeArtículos de revistas


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