Artículos de revistas
Arts. 1437 y 1438 del Código Civil: “Contrato” y “convención” como sinónimos en materia de fuentes de las obligaciones
Autor
Carvajal R,Patricio Ignacio
Institución
Resumen
Resumen: La sinonimia entre “contrato” y “convención” establecida en los arts. 1437 y 1438 del Código Civil es correcta desde la perspectiva de la delimitación de las fuentes de las obligaciones. La relación de género a especie entre los mismos conceptos, desde la perspectiva de la teoría del negocio jurídico, corresponde a una ulterior y diferente acepción; por ello, juzgar el contenido de dichos artículos solo de acuerdo a esta segunda acepción es un anacronismo.