dc.description | Desde la primera Constitución boliviana del año 1826, estuvieron consagrados los derechos fundamentales de la persona. La Constitución de 1994, en actual vigencia, enumera en su art. 7 los derechos fundamentales, aunque de acuerdo con el art. 35 las declaraciones, derechos y garantías que proclama la Constitución no deben entenderse como negación de otros no enunciados que nacen de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno. Desde la creación del Tribunal Constitucional en Bolivia, se ha dado mayor grado de efectividad a la protección de estos derechos, y se ha venido invocando como fundamento de algunas de sus resoluciones, cuando han sido pertinentes, las Convención Americana sobre Derechos Humanos, Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, estableciendo una relación entre el ordenamiento jurídico interno con los postulados del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. | |