Responsabilidad del Estado Colombiano en el sistema interamericano de derechos humanos caso: Palacio de justicia.
Registro en:
instname:Universidad Libre
reponame:Repositorio Institucional Universidad Libre
Autor
Triviño Silva, María Hilda
Institución
Resumen
El Estado Colombiano ha suscrito y ratificado varios tratados internacionales los cuales ingresan al ordenamiento nacional inicialmente con el artículo 93 de la Constitución Política Colombiana, donde se informa del bloque de constitucionalidad y como entran estos a ser parte de la legislación Colombiana posteriormente surgen una serie de leyes o normas nacionales que protocolizan el ingreso a la legislación Colombiana como es el caso de la ley 16 de 1972 por medio de la cual se aprueba la Convención Americana sobre Derechos Humanos también denominada como el (Pacto de San José de Costa Rica), firmado el 22 de noviembre de 1969. Estos tratados y convenios firmados por el Estado Colombiano son de obligatorio cumplimiento, motivo por el cual las autoridades, instituciones y la normatividad interna del país deben estar enfocadas primero a hacer cumplir estas normas y como segunda medida a la creación de normas que faciliten su cumplimiento, para lo cual se trae como ejemplo la ley 288 de 1996 articulo numero 2° parágrafo 4 donde se establece: no existe la caducidad de la acciones, así está ya hallan caducado según los términos establecidos en la legislación nacional, pero siempre y cuando se cumplan otra serie de requisitos establecidos en este numeral; es decir que el Estado Colombiano hubiera sido declarado como responsable de un daño y en consecuencia nazca el derecho de reparar a sus víctimas, como efectivamente sucedió en los hechos acaecidos en el Palacio de Justicia los días 6 y 7 de noviembre de 1985 donde existió una serie de violaciones a los derechos humanos, los cuales fueron expuestos mediante la sentencia caso vera y otros (desaparecidos del Palacio de Justicia ) VS. Colombia de fecha 14 de noviembre del 2014 donde se condena al Estado Colombiano como responsable de estos hechos. En esta sentencia también se ordenó reparar integralmente a las víctimas, sopesar de la caducidad que pesa sobre la acción de la reparación directa o actualmente denominada medio de control de la reparación directa establecida en el nuevo de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), mediante el cual se transcribe un término de caducidad de dos años para impetrar esta acción. En otras palabras se plasma una serie de normas que facilitan el cumplimiento de la legislación internacional por encima de la legislación nacional siempre y cuando se hubiera incumplido con los tratados y convenios ratificados por el Estado Colombiano. The Colombian Government has signed and ratified many international treaties in which have initially entered the Colombian Constitution on article 93, where the constitutionality block is reported to become part of the Colombian law, a series of Laws or national norms to register the entry into Colombian legislation as is the case of the Law 16 of 1972, by means of which the American Convention on Human Rights, also denominated as the (Pact of San José de Costa Rica), signed on the 22nd of November of 1969.These treaties and agreements signed by the Colombian Government are mandatory, This is why the authorities, institutions and internal regulations of the country should be focused first on enforcing these norms and as a second measure for the creation of standards to facilitate compliance, For example the law 288 of 1996 in its article number 2, paragraph 4, where it is established: there is no expiration of the shares, so it is already expired according to the terms
established in the national legislation, but as long as Comply with another set of requirements established in this numeral; We can say that the Colombian Government had been declared responsible for an injury and consequently the right to reparation to its victims was born, as indeed happened in the events that took place in the Court of Justice on 6 and 7 November 1985 where there was a Series of violations on human rights, which were exposed by the vera case vera and others (disappeared from the Palace of Justice) VS. Colombia dated November 14, 2014 where the Colombian State is condemned as responsible for these events. This judgment also ordered the victims to be fully compensated, to weigh the lapse of the direct reparation action or currently called the means of control of the direct reparation established in the new Code of Administrative Procedure and Administrative Litigation (C.P.A.C.A), by means of which transcribes a term of expiration of two years to impetrate this action. In other words, a series of rules are established to facilitate compliance with international legislation over national legislation, provided that it has not been complied with the treaties and agreements ratified by the Colombian Government.