dc.creatorRosas Villanueva, Teresa
dc.date.accessioned2020-06-03T20:15:28Z
dc.date.accessioned2022-09-26T13:43:07Z
dc.date.available2020-06-03T20:15:28Z
dc.date.available2022-09-26T13:43:07Z
dc.date.created2020-06-03T20:15:28Z
dc.date.issued2014-10
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12371/6463
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/3550343
dc.description.abstract"El juicio de amparo que se promueve contra actos relativos a determinación, liquidación, ejecución o cobro de contribuciones o créditos de naturaleza fiscal, donde se pide la suspensión de los actos impugnados, surtirá efectos solo si se ha constituido o se constituye la garantía del interés fiscal ante la autoridad exactora por cualquiera de los medios permitidos por las leyes fiscales aplicables. La presente investigación se basa en la premisa de que se viola el principio procesal de equidad de partes y con ello se vulnera el derecho al acceso al medio de defensa constitucional -juicio de amparo indirecto-, dado que la autoridad exactora es precisamente parte en dicho el juicio constitucional, y no cualquier parte si no aquella a la que se reclama el acto que se considera viola un derecho humano del contribuyente, por lo que se disiente con lo establecido en la ley de amparo -Artículo 135-, dado que no se puede dejar a cargo de algunas de las partes (autoridad responsable) la calificación, admisión (y en caso de concederse el amparo), devolución de garantía del interés fiscal."
dc.languagespa
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.rightsopenAccess
dc.titleIneficacia de la garantía del crédito fiscal para el otorgamiento de la suspensión del acto reclamado en el juicio de amparo indirecto
dc.typeTesis de maestría


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