dc.description.abstract | La adopción, como institución jurídica, remonta su existencia al derecho romano, en donde existía la adoptio o datio en adoptionen, hoy conocida como “adopción plena”. El Código Civil chileno, sin embargo, no reguló el régimen de adopción. La exclusión de esta importante institución genera extrañeza y no pocos autores han buscado establecer cuál fue la razón que tuvo Bello para no considerarla en el Código Civil, a pesar de que el Código Napoleónico, en aquella época, sí contenía normas relativas a la adopción. Se ha hecho alusión – como motivo para excluirla – al escaso arraigo que la institución tuvo en la legislación castellana aplicada en nuestro país a comienzos del siglo XIX , así como también al incondicional respeto a la familia de origen fundada en el matrimonio religioso. | |