dc.creatorEvans de la Cuadra, Enrique
dc.date.accessioned2017-12-18T16:53:44Z
dc.date.accessioned2018-07-27T15:15:56Z
dc.date.available2017-12-18T16:53:44Z
dc.date.available2018-07-27T15:15:56Z
dc.date.created2017-12-18T16:53:44Z
dc.date.issued1996
dc.identifierTemas de Derecho Año XI Nºs 1 y 2 Enero- Diciembre 1996 pp.: 49 - 61
dc.identifier07163908
dc.identifierhttp://repositorio.ugm.cl/handle/12345/497
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/1666067
dc.description.abstractEl artículo 19 N° 21 de la Constitución asegura el derecho a desarrollar actividades económicas conforme a las leyes que las regulan. La vulneración a esta garantía puede originarse de actos u omisiones de cualquier autoridad pública, del legislador o de cualquier particular; La acción de Amparo Económico consagrada en la Ley 18.971 puede ejercerse por cualquier persona y contra quien quiera que atente en contra de algún aspecto del N° 21 del artículo 19 de la Constitución; y. Pueden intentarse para reclamar de atentados en contra de ese precepto constitucional, tanto la acción legal señalada como la acción del Recurso de Protección, por diferentes personas o sólo por el afectado, en épocas distintas o de manera simultánea. En consecuencia, el Tribunal que conozca una de esas acciones no podrá, en caso alguno, declararla improcedente o inadmisible por el hecho de que se haya deducido o esté pendiente de fallo, en cualquier Tribunal, otra acción protectora.
dc.languagees
dc.publisherUniversidad Gabriela Mistral
dc.subjectGarantías constitucionales Chile
dc.subjectRecurso de protección Chile
dc.subjectLibertad económica
dc.titleAcciones cautelares de la libertad económica
dc.typeArtículos de revistas


Este ítem pertenece a la siguiente institución