dc.creatorInstituto Nacional de Derechos Humanos
dc.date2014-10-27T13:52:54Z
dc.date2014-10-27T13:52:54Z
dc.date2014-10-13
dc.date.accessioned2018-03-14T13:19:41Z
dc.date.available2018-03-14T13:19:41Z
dc.identifierhttp://bibliotecadigital.indh.cl/handle/123456789/701
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/1074554
dc.descriptionEl INDH se abocó al análisis de esta materia con motivo de la implementación de las modificaciones legislativas introducidas por la Ley 28.556 sobre inscripción automática y voto voluntario, situación en la que se incorporó al registro electoral el nombre de personas detenidas desaparecidas, sin advertir ésta calidad . Ello dio cuenta de un vacío institucional en el reconocimiento pleno de la condición jurídica de las personas víctimas de desaparición forzada. Como consecuencia de su inclusión en dicho registro estas personas aparecen como vivas y podrían eventualmente ser convocadas a cumplir el deber ciudadano de conformar mesas electorales. Ello no sólo es un absurdo, sino una afrenta a la dignidad de las víctimas y sus familiares. Se entrega el presente informe sobre el Proyecto de Ley que consagra el deber de los órganos del Estado de individualizar a las víctimas de desaparición forzada.
dc.languagees
dc.subjectDETENIDO DESAPARECIDO
dc.subjectDESAPARICION FORZADA DE PERSONAS
dc.titleInforme Sobre Proyecto de Ley que Consagra el Deber de los Órganos del Estado de Individualizar a las Víctimas de Desaparición Forzada - Boletín 9593-17
dc.typeDocumentos de trabajo


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