dc.contributor | Jiménez Benítez, William Guillermo | |
dc.creator | Paez Cuervo, María Doris | |
dc.date.accessioned | 2024-03-07T13:28:50Z | |
dc.date.accessioned | 2024-05-16T21:47:21Z | |
dc.date.available | 2024-03-07T13:28:50Z | |
dc.date.available | 2024-05-16T21:47:21Z | |
dc.date.created | 2024-03-07T13:28:50Z | |
dc.identifier | https://hdl.handle.net/10901/28596 | |
dc.identifier.uri | https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9489052 | |
dc.description.abstract | La lucha del Estado contra las organizaciones delincuenciales, en especial el narcotráfico, contempló el uso de mecanismos para su desarticulación así como para anticiparse a su actuar delictivo; desde el año 2000 con la Ley 600 apareció la figura del agente encubierto que fue reiterada en la Ley 906 de 2004, aunque se le dio otra forma de interpretación y técnica, permitiendo que incluso particulares pudieran infiltrarse en una organización delictiva. Sin embargo, existe en otros sistemas judiciales como en EEUU, la figura del agente provocador el cual no solo se infiltra en la organización, sino que induce o provoca la tentativa del delito; esto generó discusión y se dieron opiniones en el sentido que no se distinguiera de forma real la diferenciación que existe del agente encubierto y al agente provocador. El objetivo general, consiste en demostrar si la figura del agente provocador podría ser introducida en el procedimiento penal Ley 906 de 2004, en el capítulo de órganos de indagación e investigación. El método es cualitativo y deductivo con un tipo de estudio exploratorio, las técnicas de recopilación y análisis de información consistieron en la revisión bibliográfica-documental y la observación directa. Se concluye que si bien hay una gran potencialidad en cuanto a resultados con esta figura, su implementación en Colombia entra en conflicto con algunos derechos fundamentales como el debido proceso y la obtención de prueba ilícita, requiriéndose de una serie de reformas legales y adaptaciones del del agente provocador, que hagan posible su uso. | |
dc.relation | 1. ÁLVAREZ VISCAYA, Maite: “El desistimiento idóneo fracasado”, en Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, volumen xx, fascículo III, 1996, Madrid, Ministerio de Justicia, 1996. 2. AMBOS, Kai: Dominio del hecho por dominio de voluntad en virtud de aparatos organizados de poder, traducción de Manuel Cancio Meliá, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 1998. 3. APONTE Alejandro David, Guerra y Derecho penal de enemigo. Reflexión crítica sobre el eficientísimo penal de enemigo. Grupo Editorial Ibáñez, Bogotá, 2006. 4. BELING, Derecho procesal penal. Traducción del alemán y Notas por Miguel Fenech. Labor, Barcelona, 1953. 5. BERISTARAÍN, Antonio; DE LA CUESTA, José Luis (editores). Victimología. Donosita: 1990. “La ‘victimo-dogmática’ en el Derecho extranjero”. En BERISTARAÍN, Antonio; DE LA CUESTA, José Luis (editores). Victimología. Donosita: 1990. 6. CARRARA, Getz, Massari y otros, Cfr. Antón Oneca, Derecho penal. 2ª edición, anotada y puesta al día por José Julián Hernández Guijarro y Luis Beneytez | |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | |
dc.subject | Agente provocador, agente encubierto, investigación penal, organizaciones criminales, debido proceso. | |
dc.title | El Agente Provocador en la Ley 906 del 2004 | |