dc.contributorAngulo Valdivia, Renzo Santiago
dc.creatorMariño Hercilla, Jose Manuel
dc.creatorNina Gutierrez, Erica Ines
dc.date2021-11-15T18:01:48Z
dc.date2021-11-15T18:01:48Z
dc.date2021-11-15T18:01:48Z
dc.date2021-11-15T18:01:48Z
dc.date2020
dc.date.accessioned2024-05-15T18:01:07Z
dc.date.available2024-05-15T18:01:07Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12867/4588
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9429190
dc.descriptionCampus Arequipa
dc.descriptionEl objetivo: La presente investigación tiene la finalidad de determinar la necesidad de la regulación del consentimiento voluntario como método de filiación en casos de reproducción asistida. Enfoque: El enfoque empleado es el mixto porque se recolecta, analiza y estudia los datos encontrados sobre el tema de investigación y de igual forma se hace el empleo de fichas de entrevista y fichas de información con la finalidad de entrevistar a los especialistas sobre el tema en cuestión, para así obtener una percepción sobre el tema planteado. Método: Es una investigación dogmática o sistemática al querer positivizar al consentimiento voluntario como un método de filiación. Tipo: La presente investigación es de tipo descriptivo y jurídico explicativo, ya que se observa la realidad del problema en nuestra sociedad, además este tipo de investigación se orienta al conocimiento de la realidad social y cómo se presenta en una situación, se busca dar a conocer las características del tema. Diseño: El diseño es no experimental. La población está conformada por 5 abogados especialistas enderecho de familia. Instrumento: El instrumento que se empleó en la presente investigación es una ficha de observación, mediante la cual se analiza la legislación de derecho comparado. Resultados:De las entrevistas se desprende que en la actualidad los casos de reproducción asistida se determinan con el vínculo biológico, así mismo en las respuestas se puede observar en cuanto a su determinación que debe primar el principio de interés superior del niño. En relación a como se da la filiación en los casos de reproducción asistida en nuestra legislación una determinación filial automática utilizando TERAS no existe en nuestro ordenamiento, las respuestas de los entrevistados varían desde el parentesco consanguíneo hasta la adopción. En cuanto al CV los entrevistados manifiestan que este acto jurídico debe ser exteriorizado y debe ser un método filial, ya que expresa la voluntad de querer ser padres y debe estar previamente escrito y existe la principal limitación va a ser que no exista una regulación para todos estos casos analizados. En cuanto a la opinión de los entrevistados acerca de otras legislaciones en las cuales se encuentra regulado el consentimiento voluntario como método de filiación, su opinión es relativa, es decir los especialistas en familia no están muy involucrados en relación a las TERAS además de acuerdo a las respuestas brindadas se considera que la FIV es la que debería estar regulada en nuestro ordenamiento ya que esta es más accesible. Conclusiones: PRIMERO: Con la finalidad de evitar problemas sobre determinación de filiación en los procedimientos de reproducción asistida es que se hace necesaria una regulación positiva sobre la filiación aplicando el método del consentimiento voluntario al momento de consentir la relación paterna filial añadiendo el consentimiento informado cuando se emplee el método de reproducción. SEGUNDO: En la presente tesis se habló de un proceso de aplicación del consentimiento voluntario como método de filiación concluyendo que este que debe ser informado principalmente al centro en donde se va a realizar la técnica de reproducción, posteriormente se debe llevar a cabo sus correspondientes inscripciones y de ser el caso el nacido mediante estos procesos podrá acceder a información del donante o hasta conocer su identidad. TERCERA: Se identificó que en nuestra legislación los jueces se han pronunciado en ocasiones en forma contraria al ordenamiento jurídico existente, más aun cuando se habla de Ley General de la Salud, en el Art 7 en donde presenta limitaciones tácitas para la aplicación de las TERAS, así mismo en la casación N°4323-2020 de fecha 5 de agosto del 2004 se dio un caso de Ovodonación, los magistrados indicaron que los procedimientos no constituyen delito ni seria ilícito, señalando que todo lo que no está prohibido, está permitido en ese sentido, no existe una ley especial que regule con normas jurídicas los mencionados procedimientos desarrollado en nuestro marco teórico preexistentes en nuestra colectividad. CUARTA: Se identificó que uno de los conflictos jurídicos más relevantes en la presente investigación es sobre el derecho de identidad pues existen diversas posturas en relación a la identidad de los menores en los casos que nacieron o nacerán a través de una trigeneración o multigeneración humana, opositores refieren que afectaría su derecho a la identidad, sin embargo, en la investigación varios juristas hablan sobre la importancia de la identidad dinámica, que es lo que más debería importar, ya que sintetiza que es el modo de ser de cada persona, el libre desenvolvimiento de la personalidad de los menores proyectada en la realidad actual. Por otro lado, tenemos la identidad biológica que consiste en la información genética que identificará biológicamente a los menores, recogiendo información de otras legislaciones se da una solución para que el menor pueda acceder a esta información en caso de salud debidamente motivado ante un juez. QUINTA: Se determinó que existe una gran necesidad de regular el consentimiento voluntario como método de filiación, ya que en el transcurso del tiempo se pudo verificar la existencia en diversos expedientes presentados existen personas que tienen problemas con la procreación para generar una descendencia. SEXTA: En sentido general, en la presente investigación se notó positivamente la evolución de la medicina en cuanto a métodos de reproducción, siendo esta necesaria cuando una pareja o algún miembro de esta, adolece de infertilidad y desea continuar con una descendencia, por lo tanto se considera factible que el consentimiento voluntario es un método filiatorio que debe estar incluido en nuestro C.C. siendo una clase nueva de filiación, dando una solución a la falta de legislación que hoy en día ya se presenta nuestra sociedad, como lo hemos visto en los casos ya analizados en donde los jueces han realizado interpretaciones extensas con la finalidad de solucionar casos específicos y anteponer los principios generales del derecho.
dc.descriptionThe objective: The present investigation was to determine the need for the regulation of voluntary consent as a filiation method in cases of assisted reproduction. Approach: The approach used is the mixed one because the data found on the research topic is collected, analyzed and studied and in the same way the use of interview cards and information cards is made in order to interview specialists on the subject in question, in order to obtain a perception on the issue raised. Method: It is a dogmatic or systematic investigation when wanting to positivize voluntary consent as a filiation method. Type: This research is descriptive and explanatory legal, since the reality of the problem in our society is observed, in addition this type of research is oriented to the knowledge of social reality and how it occurs in a situation, it seeks to give know the characteristics of the subject. Design: The design is non-experimental. The population is made up of 5 lawyers specialized in family law. Instrument: The instrument that was used in the present investigation is an observation card, by means of which comparative law legislation is analyzed. Results: From the interviews, it appears that currently the cases of assisted reproduction are determined with the biological link, also in the responses it can be observed regarding their determination that the principle of the best interest of the child must prevail. Regarding how filiation occurs in cases of assisted reproduction in our legislation, an automatic filial determination using TERAS does not exist in our law, the responses of the interviewees vary from blood relationship to adoption. Regarding the CV, the interviewees declare that this legal act must be externalized and must be a filial method, since it expresses the will to want to be parents and must be previously written and the main limitation is that there is no regulation for all these cases analyzed. Regarding the opinion of the interviewees about other laws in which voluntary consent is regulated as a method of filiation, their opinion is relative, that is, family specialists are not very involved in relation to TERAS, in addition to The answers provided consider that IVF is the one that should be regulated in our legal system since it is more accessible. Conclusions FIRST: In order to avoid problems regarding the determination of filiation in assisted reproduction procedures, positive regulation is necessaryon filiation applying the method of voluntary consent at the time of consenting the filial parental relationship adding the informed consent when the method of reproduction is used. SECOND: In this thesis, we discussed a process of applying voluntary consent as a filiation method, concluding that it must be reported mainly to the center where the reproduction technique is to be performed, and subsequently its corresponding inscriptions must be carried out. and if it is the case, the one born through these processes will be able to access donor information or even know their identity. THIRD: It was identified that in our legislation the judges have sometimes pronounced themselves contrary to the existing legal system, even more so when talking about the General Health Law, in Art 7 where it presents tacit limitations for the application of the TERAS Likewise, in cassation No. 4323-2020 dated August 5, 2004, there was a case of Ovodonation, the magistrates indicated that the procedures do not constitute a crime or be unlawful, pointing out that everything that is not prohibited is allowed in In that sense, there is no special law that regulates the aforementioned procedures with legal norms developed in our pre-existing theoretical framework in our community. FOURTH: It was identified that one of the most relevant legal conflicts in the present investigation is about the right of identity because there are different positions regarding the identity of minors in cases that were born or will be born through a human trigeneration or multi-generation, Opponents refer that it would affect their right to identity, however, in the investigation several jurists speak about the importance of dynamic identity, which is what should matter most, since it synthesizes that it is the way of being of each person, the free development of the personality of the minors projected in the current reality. On the other hand, we have a biological identity that consists of genetic information that will biologically identify minors, collecting information from other legislation provides a solution for the minor to access
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Tecnológica del Perú
dc.publisherPE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.sourceRepositorio Institucional - UTP
dc.sourceUniversidad Tecnológica del Perú
dc.subjectProcreación artificial
dc.subjectDerechos reproductivos
dc.subjecthttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
dc.titleEl consentimiento voluntario como método de filiación en casos de reproducción asistida, Arequipa 2019
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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