dc.contributorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. Oficina de Promoción y Difusión
dc.date.accessioned2023-09-05T16:57:39Z
dc.date.accessioned2024-05-09T18:49:03Z
dc.date.available2023-09-05T16:57:39Z
dc.date.available2024-05-09T18:49:03Z
dc.date.created2023-09-05T16:57:39Z
dc.date.issued2022-11-07
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/11724/9513
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9389517
dc.description.abstractEn segunda y última instancia, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi ordenó a la empresa Mapfre que active el seguro de desgravamen a favor de los familiares de tres afiliados que fallecieron por la COVID-19, en un plazo de quince (15) días hábiles después de ser notificada; ello tras haber denegado injustificadamente la cobertura, indicando que la causa del deceso se encontraba excluida de la póliza de seguro.
dc.languagespa
dc.publisherInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
dc.publisherPE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRepositorio INDECOPI
dc.sourceInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI
dc.subjectSanción
dc.subjectMapfre
dc.subjectSeguro de desgravamen
dc.subjectCOVID-19
dc.titleIndecopi: Mapfre deberá activar seguro de desgravamen a favor de familiares de tres afiliados que fallecieron por la COVID-19
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/other


Este ítem pertenece a la siguiente institución