dc.contributorCornejo Gonzales, Gunther Cesar
dc.creatorTrejo López, Tabita Dorcas
dc.date.accessioned2023-09-25T21:56:59Z
dc.date.accessioned2024-04-25T22:15:43Z
dc.date.available2023-09-25T21:56:59Z
dc.date.available2024-04-25T22:15:43Z
dc.date.created2023-09-25T21:56:59Z
dc.date.issued2015
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12692/122846
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9246376
dc.description.abstractCuando se inicia el proceso de alimentos, comienza con la interposición de la demandada ante el Juzgado de Paz Letrado competente, luego de ello el Juez emite el auto admisorio y procede a notificar a las partes, en el plazo de cinco días hábiles el demandado deberá de contestar la demanda de alimentos, se debe tener presente que un requisito indispensable para que se admita la contestación es que el demandado adjunte la declaración jurada de ingresos o boleta de pago; así mismo, a los que no contestan la demanda se les declara rebelde por no contestar en el proceso, el siguiente acto procesal es fijar fecha para la audiencia única y como último el Juez emite sentencia por lo cual tiene por finalidad otorgar una pensión de alimentos al niño, niña o adolescente. A partir del lapso de la ejecución de la sentencia es donde la investigación se ha centrado, siendo que; para una mejor explicación se ha dividido en dos clases de obligados alimentantes; el primero son los obligados alimentantes con trabajo dependiente y el segundo los obligados alimentantes con trabajo independiente, cuando se da en el primer caso existen mecanismos como son las medidas cautelares que se pueden interponer antes o durante el proceso, las más comunes son la asignación anticipada y los embargos; a diferencia del segundo caso los obligados alimentantes con trabajo independiente, pueden usar una que es la asignación anticipada, pero ello no logra con su objetivo porque es imposible descontar de alguna planilla al demandado que no tienen un trabajo fijo, por lo mismo que corresponden al sector la economía informal. La presente investigación tuvo como objetivo determinar si existe regulación normativa específica en la vía civil, que sancione a los alimentantes con trabajo independiente que incumplan las sentencias de alimentos. El tipo de estudio utilizado fue cualitativo, no experimental para lo cual se ha aplicado un instrumento de investigación denominado entrevista, dirigido a jueces, Asistenta Judicial, Secretarios y Técnicos Administrativos de los Juzgados de Lima Norte, respecto a ocho (8 preguntas) cuya información ha trascendido para obtener los resultados. De acuerdo a la presente investigación se concluye que no existe sanción en la vía civil para los demandados con trabajo independiente, por lo que debería de existir en la vía civil sanciones severas para otorgarle a los niños, niñas o adolescentes el derecho de alimentos que lo necesita con urgencia.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad César Vallejo
dc.publisherPE
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccess
dc.sourceRepositorio Institucional - UCV
dc.sourceUniversidad César Vallejo
dc.subjectDerecho a la alimentación
dc.subjectResponsabilidad civil
dc.subjectTrabajo independiente
dc.titleSanción en la vía civil para los alimentantes con trabajo independiente que incumplan la sentencia de alimentos de niños, niñas y adolescentes (Juzgados de paz letrados de Lima Norte 2009-2014)
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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