dc.contributorSandoval Valdiviezo, Jesús María
dc.creatorBaca Adrianzen, Nora Alicia
dc.date.accessioned2023-07-04T20:32:13Z
dc.date.accessioned2024-04-25T03:14:12Z
dc.date.available2023-07-04T20:32:13Z
dc.date.available2024-04-25T03:14:12Z
dc.date.created2023-07-04T20:32:13Z
dc.date.issued2015
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12692/117386
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9244074
dc.description.abstractLa derogación de la Vista Intima como Beneficio Penitenciario para su consideración como Derecho Fundamental del interno, desarrolla un estudio de la situación normativa actual que tiene la Visita Íntima en el Ordenamiento penitenciario peruano. Analizando para ello la normativa penitenciaria nacional vigente como penitenciaria internacional, necesarias para la comprensión de lo que es un beneficio penitenciario y la visita íntima como derecho fundamental; así como la doctrina que define que debemos entender por beneficios penitenciarios y cuál es la finalidad que persiguen como parte del tratamiento progresivo. También se ha considerado la figura de los Derechos Fundamentales Innominados o implícitos y su protección y reconocimiento partiendo que los mismos son atribuibles a las persona por su valor, su dignidad. Se ha considerado estudiar esta figura penitenciaria tomando como base el Método Hermenéutico, siendo la investigación de tipo sustantiva y de enfoque interpretativo, de diseño no experimental. Se realizaron encuestas a parejas de los internos e internas de Piura y Sullana, concluyendo que la Visita Íntima ha sido regulada por nuestro “Código de Ejecución Penal” y por el “Reglamento del Código de Ejecución Penal” como un beneficio penitenciario al cual pueden acceder todo interno de un establecimiento penitenciario, sea este condenado o procesado. No obstante, los beneficios penitenciarios han sido diseñados como parte del tratamiento progresivo aplicable en todo establecimiento penitenciario y manifestadas en las exigencias de “individualización de la pena”, el estudio arribó a que se debe establece “La derogación de la Vista Intima como Beneficio Penitenciario para su consideración como Derecho Fundamental del interno”.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad César Vallejo
dc.publisherPE
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccess
dc.sourceRepositorio Institucional - UCV
dc.sourceUniversidad César Vallejo
dc.subjectDerechos fundamentales
dc.subjectBeneficios penitenciarios
dc.subjectVisita íntima
dc.titleLa derogación de la visita intima como beneficio penitenciario para su consideración como derecho fundamental del interno
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


Este ítem pertenece a la siguiente institución