dc.contributorIbarra Trujillo, Manuel
dc.creatorLuis Urribarri, Rosa Isabel
dc.date.accessioned2023-06-28T14:07:26Z
dc.date.accessioned2024-04-24T16:57:37Z
dc.date.available2023-06-28T14:07:26Z
dc.date.available2024-04-24T16:57:37Z
dc.date.created2023-06-28T14:07:26Z
dc.date.issued2013
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12692/117091
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9235704
dc.description.abstractEn nuestro ordenamiento jurídico no existe norma alguna que regule la figura del domicilio virtual, y ello genera la necesidad de investigar, desarrollar y proponer los cambios respectivos en la legislación. De este modo, con la inclusión de esta nueva figura se logrará que la ubicación de las personas se amplíe de un entorno físico a dos entornos : El ya conocido y tradicional domicilio y el nuevo domicilio virtual, logrando así la ubicación rápida y oportuna de los ciudadanos. De esta manera, el impacto significativo del avance tecnológico en la sociedad, en especial la utilización de tecnologías de la información, abriría todo un campo de acción para la figura del domicilio virtual. A través del domicilio tradicional regulado en nuestro ordenamiento jurídico, cualquier persona natural o jurídica, puede ser ubicada. Sin embargo, existe un nuevo tipo de domicilio, el mismo que se genera como consecuencia de habitar en la red: domicilio que llamaremos inicialmente virtual (que se genera en Internet). Necesitamos establecer parámetros para entender esta situación de tal modo que al regular la figura podamos solucionar cualquier dificultad que se genere por el uso del domicilio, que llamaremos inicialmente virtual, y que precisaremos en el desarrollo de la investigación. Para ello, necesitamos establecer parámetros legales, y regular este nuevo tipo de domicilio que nace y se configura a través de las tecnologías de información y comunicación social (Tics); para que de esta manera, se pueda solucionar cualquier dificultad que se genere en dicho espacio virtual, por el uso del domicilio, y que precisaremos en el desarrollo de la investigación. Esta investigación ha conllevado a un debate desde la perspectiva regulatorio normativa del domicilio virtual frente al derecho de privacidad y la intimidad virtual. Al no encontrarse regulada la figura del domicilio virtual en nuestra legislación se hace necesaria una ley para tratar este tema y la modificatoria del artículo 35 del código civil que la incorpore. La incorporación de una adecuada regulación del domicilio virtual en nuestra legislación garantizará un uso adecuado e integral y con seguridad jurídica suficientemente a favor de la persona. La incorporación y la regulación normativa de esta figura del domicilio virtual en nuestro ordenamiento civil nos permitirá que la ubicación de las personas se amplíe logrando la ubicación rápida y oportuna de la persona e innovándose jurídicamente las tecnologías de la información y comunicación social. A través del domicilio tradicional regulado en nuestro ordenamiento jurídico, cualquier persona natural o jurídica, puede ser ubicada. Para ello, necesitamos establecer parámetros legales, y regular este nuevo tipo de domicilio que nace y se configura a través de las tecnologías de información y comunicación social (Tics), para que de esta manera, se pueda solucionar cualquier dificultad que se genere en dicho espacio virtual, remoto, electrónico, por el uso del domicilio virtual. El domicilio es un atributo que permite individualizar a una persona, pues es a través de este que se pueden localizar a las personas, donde se encuentre, con la finalidad de imputarles derechos y/u obligaciones. Por ello se ha dicho que el domicilio es el asiento jurídico de la persona. Con la incorporación de esta nueva figura jurídica se logrará que la ubicación de la persona se amplíe de un entorno físico a dos entornos. El ya conocido y tradicional domicilio y el nuevo domicilio virtual, logrando así la ubicación rápida y oportuna de la persona. De esta manera, el impacto significativo del avance tecnológico en la sociedad, en especial la utilización de tecnologías de la información, abrirá todo un campo de acción para la figura del domicilio virtual.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad César Vallejo
dc.publisherPE
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccess
dc.sourceRepositorio Institucional - UCV
dc.sourceUniversidad César Vallejo
dc.subjectDomicilio virtual
dc.subjectTics
dc.subjectIntimidad virtual
dc.titleRegulación normativa del domicilio virtual para las personas naturales
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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