dc.contributorPulido Ortiz, Fabio Enrique
dc.date.accessioned2022-05-19T14:22:47Z
dc.date.accessioned2023-09-07T16:47:39Z
dc.date.available2022-05-19T14:22:47Z
dc.date.available2023-09-07T16:47:39Z
dc.date.created2022-05-19T14:22:47Z
dc.date.issued2022-01-18
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/10818/50572
dc.identifier285996
dc.identifierTE11704
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8737660
dc.description.abstractEl consentimiento informado es quizás la manifestación más importante del principio de autonomía que tiene todo paciente dentro de la relación sanitaria1. Pues se expresa la voluntad2 del sujeto y el derecho que tiene el mismo a ser informado de manera adecuada y oportuna por parte del médico y/o entidad prestadora del servicio de Salud. De ahí que la Corte Constitucional Colombiana en sentencia T-303 de 2016, haya definido el Consentimiento como el producto de la aplicación del Derecho a la información y el Derecho a la autonomía de dos formas: a) el consentimiento informado directo o personal, que es el que otorga el paciente y b) el consentimiento sustituto, que se da cuando el paciente se encuentra imposibilitado para darlo. Ya sea, por su incapacidad legal absoluta o relativa o por encontrarse en un estado de inconsciencia, llamándose así a un tercero, conforme a las normas generales que regulan la capacidad por sustitución.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de La Sabana
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsrestrictedAccess
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
dc.titleConsentimiento informado en materia de servicios de salud
dc.typemaster thesis


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