dc.contributorPosada Maya, Ricardo
dc.contributorMolina López, Ricardo León
dc.creatorAntequera Mejía, Adelaida
dc.date.accessioned2023-01-24T16:48:21Z
dc.date.accessioned2023-09-07T00:54:50Z
dc.date.available2023-01-24T16:48:21Z
dc.date.available2023-09-07T00:54:50Z
dc.date.created2023-01-24T16:48:21Z
dc.date.issued2022-12-15
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/1992/64118
dc.identifierinstname:Universidad de los Andes
dc.identifierreponame:Repositorio Institucional Séneca
dc.identifierrepourl:https://repositorio.uniandes.edu.co/
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8727959
dc.description.abstractEn este trabajo de grada se analiza a fondo la Sentencia del 28 de julio del 2021, SP3218-2021 Radicado N° 47063, M.P.: José Francisco Acuña Vizcaya de la Corte Suprema de Justicia. Mediante un análisis multidisciplinario, se critica la posición de la Corte al negar el error de tipo propio y el error de prohibición indirecto (específicamente el error sobre la concurrencia de circunstancias objetivas que de darse justifican el hecho,- el cual recibe en el ordenamiento jurídico colombiano un mismo tratamiento que el error de tipo propio), pues ambos coautores cumplían con los presupuestos de estas figuras jurídicas. No obstante, en el trabajo de grado ambos coautores recibieron un tratamiento diferente al momento de realizar el análisis pues sus condiciones no eran iguales: uno de ellos padecía de un trastorno afectivo bipolar que tenía como manifestaciones psicóticas aquellas de contenido mágico-religioso (a pesar de no estar bajo un episodio maniaco, si no bajo remisión con síntomas residuales de su trastorno), mientras la segunda coautora simplemente estaba bajo un fanatismo religioso. Ambos análisis demostraron que la Corte debió haber aplicado el error de tipo y de prohibición (bajo un grado de vencibilidad diferente) para los coautores de los delitos.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de los Andes
dc.publisherDerecho
dc.publisherFacultad de Derecho
dc.relationLey 599 de 2000: Por la cual se expide el Código Penal (C. P.), 24 de julio de 2000. Diario oficial 44.097.
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.titleDerecho penal y religión: los cultos desde el error de tipo propio y el error de prohibición indirecto
dc.typeTrabajo de grado - Pregrado


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