dc.contributorSánchez Lara, Andrés Alberto
dc.creatorFuentes Franco, Jesús David
dc.creatorDurango Martínez, Orlando J.
dc.date2022-04-29T19:46:34Z
dc.date2022-04-29T19:46:34Z
dc.date2021
dc.date2022
dc.date.accessioned2023-09-06T22:14:34Z
dc.date.available2023-09-06T22:14:34Z
dc.identifierhttp://repositorio.unimagdalena.edu.co/handle/123456789/7085
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8715189
dc.descriptionEl artículo 2° de la Constitución Política de Colombia es el fundamento del actuar diligente, eficaz y oportuno del Estado colombiano, pues las razones del funcionamiento, el que se presta por dicho mandato a los administrados, son las que dan lugar a que se adquieran bienes y servicios necesarios para garantizarles a los habitantes un mínimo de garantías. En razón a que el actuar estatal se sirve esencialmente de la contratación público, es casi que imprescindible que se sigan reforzando normativa y dogmáticamente leyes como la 1150 de 2007 y 80 de 1993, las cuales vienen a regular todo el escenario contractual en aras de cumplir los intereses generales, a través de, por ejemplo, mecanismos de selección del particular contratista como la contratación de urgencia, nombre novedoso y coloquial en la actualidad que engloba la contratación directa y la urgencia manifiesta como causal de la primera. Es de relevancia la contratación de urgencia para el estudio, en la medida que es la acertada y adecuable modalidad para minorizar los efectos de pandemias como el Covid – 19, en donde a pesar de tener cierto margen de libertad en términos de tiempo, garantías y selección directa, no se deja de incurrir en responsabilidades por contrataciones no ajustadas a derecho o al regular desarrollo de los procesos. Consecuentemente, en vigencia de la pandemia Covid – 19, la alcaldía de San Zenón acudió a la contratación de urgencia para adquirir suministro de mercados; sin embargo, fue evidente la incursión en los distintos tipos de responsabilidades producto del contrato de urgencia N°CP-UM-018. Con ocasión a esto, es relevante determinar la responsabilidad de la alcaldía municipal de San Zenón por la celebración del contrato de urgencia N°CP UM-018 durante la pandemia Covid – 19, puesto que al constituir un actuar irregular y con sobrecostos sin justa causa en la contratación de la entidad territorial, es de interés estudiar la figura de la contratación de urgencia en materia de derecho contractual – público, analizar el contrato de urgencia N° CP-UM-018 celebrado por la alcaldía municipal de San Zenón e identificar las tipologías de responsabilidad atribuibles a la alcaldía municipal de San Zenón por la contratación irregular y sobrecostos en el proceso contractual N°CP-UM-018. En conclusión, esta monografía es vital para el fortalecimiento legal, jurisprudencial y jurídico en torno a la contratación de urgencia y a las tipologías de responsabilidades que se activan producto del mal manejo contractual
dc.formattext
dc.formatapplication/pdf
dc.languagees
dc.publisherUniversidad del Magdalena
dc.publisherFacultad de Humanidades
dc.publisherDerecho
dc.rightsatribucionnocomercialsinderivar
dc.rightsRestringido
dc.subjectLa contratación de urgencia
dc.subjectDerecho contractual
dc.subjectResponsabilidad fiscal
dc.subjectResponsabilidad disciplinaria
dc.subjectSobrecostos
dc.titleLa responsabilidad de la alcaldía municipal de san zenón por la celebración del contrato de urgencia n°cp-um-018 durante la pandemia covid – 19
dc.typebachelorThesis


Este ítem pertenece a la siguiente institución