dc.contributor | González López, Alfonso | |
dc.creator | Fukene Rivera, Frankly Fabian | |
dc.creator | Carmona Buritica, Jhon Fredy | |
dc.date.accessioned | 2023-09-05T21:02:15Z | |
dc.date.accessioned | 2023-09-06T12:01:51Z | |
dc.date.available | 2023-09-05T21:02:15Z | |
dc.date.available | 2023-09-06T12:01:51Z | |
dc.date.created | 2023-09-05T21:02:15Z | |
dc.date.issued | 2012 | |
dc.identifier | http://hdl.handle.net/20.500.12993/3382 | |
dc.identifier | Instname:Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.identifier | reponame:Repositorio Institucional Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.identifier | repourl:https://repositorio.uceva.edu.co/ | |
dc.identifier.uri | https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8679295 | |
dc.description.abstract | Cuando un ciudadano Colombiano comete una infracción a la ley penal la sociedad y el sistema punitivo ha determinado que como castigo por esta infracción debe pasar determinado tiempo en un establecimiento carcelario esto con el fin de que cambie su manera de pensar y reoriente su comportamiento en algo que beneficie a su entorno, es por esto que se ha establecido la prisión para que cumpla esa función resocializadora El sistema penitenciario ha instaurado unas etapas en la que esas personas privadas de la libertad pueden llegar a acceder a unos beneficios que los van a preparar para reincorporarse a esa sociedad que determino separarlos con el fin de que reorientaran su actuar; uno de estos beneficios es el llamado permiso administrativo de 72 horas; que consiste en que este individuo que ha pagado un porcentaje de su pena pueda regresar a su entorno familiar por un termino hasta de tres días (72 horas) y así cuando salga en libertad no se encuentre tan desadaptado, lo que iría en contravía del fin de la pena; (ya que si pensamos por ejemplo en una persona que ha sido condenada por un delito de homicidio, a la pena de treinta años y no ha salido durante esos treinta años a la vida en sociedad, para el habría sido como si hubiera viajado el tiempo, ya que al salir encontraría tecnología para el desconocida, ciudades mas avanzadas, solamente pensemos en los cambios que han ocurrido en las ultimas dos décadas). Por ello consideramos importante analizar como se esta dando aplicación a los permisos administrativos por parte de los jueces de ejecución de penas; ya que es en la etapa del pagar la condena en la que por lo menos al 95% de la sociedad se le olvidan sus conciudadanos que están en centros de reclusión; y no podemos olvidar que hecho de estar privados de la libertad ellos pierden sus otros derechos constitucionales. Por eso es aquí donde entramos a estudiar el caso de la aplicación de la ley para el otorgamiento o no de los beneficios administrativos para los internos condenados por justicia especializada. | |
dc.language | spa | |
dc.publisher | Derecho | |
dc.publisher | Facultad de Ciencias Jurídicas y Humanísticas | |
dc.rights | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 | |
dc.rights | Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0) | |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | |
dc.rights | Abierto (Texto Completo) | |
dc.rights | http://purl.org/coar/access_right/c_abf2 | |
dc.rights | Derechos reservados - Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.title | Permiso de 72 horas para condenados por justicia especializada en Colombia actualmente, una perspectiva desde el principio de legalidad | |
dc.type | bachelor thesis | |