dc.contributor | Mora Campo, Harold Edmundo | |
dc.contributor | Harold Edmundo Mora Campo [0000-0003-4229-5372] | |
dc.creator | Posso, Juan Carlos | |
dc.creator | Sandino Rojas, Paola Andrea | |
dc.date.accessioned | 2023-08-30T14:11:22Z | |
dc.date.accessioned | 2023-09-06T12:01:50Z | |
dc.date.available | 2023-08-30T14:11:22Z | |
dc.date.available | 2023-09-06T12:01:50Z | |
dc.date.created | 2023-08-30T14:11:22Z | |
dc.date.issued | 2013 | |
dc.identifier | http://hdl.handle.net/20.500.12993/3375 | |
dc.identifier | Instname:Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.identifier | reponame:Repositorio Institucional Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.identifier | repourl:https://repositorio.uceva.edu.co/ | |
dc.identifier.uri | https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8679289 | |
dc.description.abstract | El derecho de autor se conoce como una de las formas más antiguas para
proteger una creación intelectual, siendo un derecho fundamental del hombre, y
cada día es más complejo debido al crecimiento de las actividades industriales y
comerciales, las tecnologías de la comunicación que utilizan las creaciones del
ingenio tales como programas de computadora, bases de datos, obras multimedia,
las obras de arte digitales, etc.; pero, también han aparecido violaciones a éste,
como por ejemplo: las fotocopias, la reproducción de videos, la digitalización que
se hace en las computadoras, y la misma Internet, entre otras.
Ahora bien, el derecho de autor existe porque cubre la necesidad de que haya un
reconocimiento de una creación intelectual y una retribución de índole económica,
amparando al autor desde el instante en que crea su obra, concediéndole dos
clases de derechos: morales y patrimoniales. Los primeros son perdurables en el
tiempo, no se pueden transferir e irrenunciables permitiéndole al autor en todo
momento reclamar la invención de la obra, y enfrentarse a quien quiera
modificarla, deformarla o menoscabarla, y conservarla inédita; aunque, él puede
modificarla o retirarla del mercado. En cuanto a los segundos, son los facultados
exclusivamente para efectuar, permitir o impedir que la obra sea reproducida,
distribuida al público, importada, traducida o que se le haga alguna modificación o
transformación.
En consonancia con lo anterior, quiere decir, que la persona que quiera utilizar una
obra protegida por derechos de autor, deberá tener la autorización previa del
autor, sus derechohabientes o titulares de los derechos patrimoniales (salvo las
excepciones), ya que en caso contrario, podría enfrentarse a sanciones de tipo
penal y civil. | |
dc.language | spa | |
dc.publisher | Derecho | |
dc.publisher | Facultad de Ciencias Jurídicas y Humanísticas | |
dc.rights | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 | |
dc.rights | Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0) | |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | |
dc.rights | Abierto (Texto Completo) | |
dc.rights | http://purl.org/coar/access_right/c_abf2 | |
dc.rights | Derechos reservados - Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.title | Eficacia de la personería de calima el Darién Valle del Cauca, desde la gestión del personero y las percepciones de los ciudadanos | |
dc.type | bachelor thesis | |