dc.contributorMora Campo, Harold Edmundo
dc.contributorHarold Edmundo Mora Campo [0000-0003-4229-5372]
dc.creatorPosso, Juan Carlos
dc.creatorSandino Rojas, Paola Andrea
dc.date.accessioned2023-08-30T14:11:22Z
dc.date.accessioned2023-09-06T12:01:50Z
dc.date.available2023-08-30T14:11:22Z
dc.date.available2023-09-06T12:01:50Z
dc.date.created2023-08-30T14:11:22Z
dc.date.issued2013
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/20.500.12993/3375
dc.identifierInstname:Unidad Central del Valle del Cauca
dc.identifierreponame:Repositorio Institucional Unidad Central del Valle del Cauca
dc.identifierrepourl:https://repositorio.uceva.edu.co/
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8679289
dc.description.abstractEl derecho de autor se conoce como una de las formas más antiguas para proteger una creación intelectual, siendo un derecho fundamental del hombre, y cada día es más complejo debido al crecimiento de las actividades industriales y comerciales, las tecnologías de la comunicación que utilizan las creaciones del ingenio tales como programas de computadora, bases de datos, obras multimedia, las obras de arte digitales, etc.; pero, también han aparecido violaciones a éste, como por ejemplo: las fotocopias, la reproducción de videos, la digitalización que se hace en las computadoras, y la misma Internet, entre otras. Ahora bien, el derecho de autor existe porque cubre la necesidad de que haya un reconocimiento de una creación intelectual y una retribución de índole económica, amparando al autor desde el instante en que crea su obra, concediéndole dos clases de derechos: morales y patrimoniales. Los primeros son perdurables en el tiempo, no se pueden transferir e irrenunciables permitiéndole al autor en todo momento reclamar la invención de la obra, y enfrentarse a quien quiera modificarla, deformarla o menoscabarla, y conservarla inédita; aunque, él puede modificarla o retirarla del mercado. En cuanto a los segundos, son los facultados exclusivamente para efectuar, permitir o impedir que la obra sea reproducida, distribuida al público, importada, traducida o que se le haga alguna modificación o transformación. En consonancia con lo anterior, quiere decir, que la persona que quiera utilizar una obra protegida por derechos de autor, deberá tener la autorización previa del autor, sus derechohabientes o titulares de los derechos patrimoniales (salvo las excepciones), ya que en caso contrario, podría enfrentarse a sanciones de tipo penal y civil.
dc.languagespa
dc.publisherDerecho
dc.publisherFacultad de Ciencias Jurídicas y Humanísticas
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsAbierto (Texto Completo)
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.rightsDerechos reservados - Unidad Central del Valle del Cauca
dc.titleEficacia de la personería de calima el Darién Valle del Cauca, desde la gestión del personero y las percepciones de los ciudadanos
dc.typebachelor thesis


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