dc.contributor | Duque Orjuela, Álvaro de Jesús | |
dc.creator | Álvarez Púpiales, Esteban | |
dc.creator | Ramírez Marín, John Jairo | |
dc.date.accessioned | 2023-07-21T20:58:12Z | |
dc.date.accessioned | 2023-09-06T11:57:28Z | |
dc.date.available | 2023-07-21T20:58:12Z | |
dc.date.available | 2023-09-06T11:57:28Z | |
dc.date.created | 2023-07-21T20:58:12Z | |
dc.date.issued | 2019 | |
dc.identifier | http://hdl.handle.net/20.500.12993/3201 | |
dc.identifier | Instname:Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.identifier | reponame:Repositorio Institucional Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.identifier | repourl:https://repositorio.uceva.edu.co/ | |
dc.identifier.uri | https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8679112 | |
dc.description.abstract | Según la Legislación Colombiana, las personas que podrían sujetarse a los fundamentos de las causales de ausencia de responsabilidad como es el del miedo insuperable, en la exposición de argumentos por parte de la defensa en un proceso judicial de carácter penal. En el artículo 73 del Código Civil Colombiano clasifica a las personas en naturales y jurídicas; el presente trabajo se centrará en las personas naturales y no en las jurídicas, sin decir que estas últimas también son susceptibles de cometer ilícitos, pero no lo son de sentir emociones, requisito esencial de la causal de ausencia de responsabilidad en estudio.
Surge como interrogante ¿Quiénes son personas?; a la que se da como respuesta con la definición que aporta el diccionario de la Real Academia de la lengua Española: Persona es “individuo de la especie humana, hombre o mujer cuyo nombre se ignora o se desconoce.”1 El artículo 74 del Código Civil Colombiano lo define de la siguiente manera: “Son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.”2 A la anterior definición habría que adicionarle que persona es igualmente quien es capaz de obligar y contraer obligaciones, esto es que las personas tienen la facultad de elegir sus conductas. En materia de Derecho penal cuando se habla de personas, se refiere a quienes ejecutan las conductas establecidas en el tipo penal, y es empleado el término de sujeto activo o autor. | |
dc.language | spa | |
dc.publisher | Derecho | |
dc.publisher | Facultad de Ciencias Jurídicas y Humanísticas | |
dc.relation | ARBOLEDA VALLEJO, Mario. Manual de Derecho Penal, Parte General y Especial. Séptima edición. Editorial Leyer. Bogotá DC. 2005. P 207 – 208 citado por LUNA TRUJILLO, María Juliana. El miedo insuperable como eximente de responsabilidad penal en Colombia y sus implicaciones prácticas. 2011. [En línea]. Disponible en: https://repository.icesi.edu.co/biblioteca_digital/bitstream/10906/73474/1/miedo_insuperable_eximente.pdf | |
dc.relation | BUNGE, Mario. La ciencia: Su método y su filosofía. Buenos Aires: Ediciones Siglo Veinte, 1981. | |
dc.relation | BUSTOS RAMIREZ, Juan. Derecho Penal. Tomo I. Fundamentos del Derecho Penal y Teoría del Delito y el Sujeto Responsable. Segunda edición. LEYER, 2010. Bogotá DC. Pág. 842. | |
dc.relation | Colectivo de Autores. Manual de Historia General del Estado y del Derecho. óp. cit. pp. 11-12. Citado por TEJERA SUÑEZ, Yoruanis. Valoraciones teórico jurídicas en torno a la eximente del miedo insuperable. Disponible en : http://xn--caribea-9za.eumed.net/wp-content/uploads/miedo.pdf | |
dc.relation | CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. Asamblea Nacional Constituyente de 1991. Edición 2015. [En línea]. [5 de febrero del 2018]. Disponible en: (http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20Colombia%20-%202015.pdf) | |
dc.relation | CÓDIGO CIVIL COLOMBIANO, Bogotá D.C. vigésima cuarta edición, Editorial LEGIS, 2010, pág.15. | |
dc.relation | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Tema Miedo Insuperable. 2015. [En línea]. Disponible en: http://www.cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/relatorias/pe/b1abr2015/SP2192-2015.pdf | |
dc.relation | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN PENAL, Proceso No. 18983. Magistrado Ponente: Dr. JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO. 12 de diciembre del 2002. | |
dc.relation | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN PENAL, Proceso No. 34412. Magistrado Ponente: Dr. JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA. 23 de Marzo del 2011. | |
dc.relation | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sentencia 32585/10. M.P. Yesid Ramírez Bastidas, 2010. Citada por DE LOS RIOS CASTRILLON, Yesica. El Miedo Insuperable como causal eximente de responsabilidad en el Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares de Colombia. [En Línea]. 2016. Disponible en: https://repository.unimilitar.edu.co/bitstream/handle/10654/15524/DeLosRiosCastrill%C3%B3nYessikaYureiny2016.pdf.pdf?sequence=1&isAllowed=y | |
dc.rights | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 | |
dc.rights | Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0) | |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | |
dc.rights | Abierto (Texto Completo) | |
dc.rights | http://purl.org/coar/access_right/c_abf2 | |
dc.rights | Derechos reservados - Unidad Central del Valle del Cauca | |
dc.title | Presupuestos esenciales del miedo insuperable como causal eximente de responsabilidad penal, desde su desarrollo doctrinal | |
dc.type | bachelor thesis | |