dc.description | El presente trabajo tuvo como objetivo analizar la Ley N° 4819 denominada Ley
Orgánica de Educación de la Provincia de Río Negro vista a través de las disposiciones de
los instrumentos Internacionales de derechos humanos relevantes en materia de derecho a
la educación, en la legislación nacional y en la constitución provincial.
La idea central era Identificar en la normativa mencionada los elementos
característicos del derecho a la educación y los objetivos que la educación debe perseguir,
resaltando como uno de ellos a la educación para la ciudadanía, y luego Identificar si dichos
elementos y objetivos estaban presentes en la ley provincial.
El Interés por esta temática surgió en virtud del debate que actualmente está
vigente en nuestra provincia con relación a la reforma educativa que pretende llevar
adelante el gobierno de turno y a la resistencia que han efectuado distintos gremios
docentes y sectores sociales. Si bien la reforma que se plantea no requiere modificaciones
a la ley, me resultó llamativo que un gobierno que planteó un amplio debate al momento de
efectuar la reforma legislativa, hoy se encuentre en una posición por demás alejada del
diálogo.
Asimismo adquiere fundamental Importancia en el marco del desarrollo y evolución
de la sociedad en la que vivimos el tratamiento que el Estado le otorga a la educación para
la ciudadanía, dado que es a partir de ella que los estudiantes pueden ejercer una
ciudadanía plena y consciente, lo cual redunda en un mejor control sobre los actos de
gobierno, por lo que tomar conciencia sobre el papel que se le da a esta temática en la
legislación es relevante para entender qué tipo de ciudadanos quiere formar el Estado.
Por otro lado, el derecho a la educación es un derecho humano fundamental y una
herramienta elemental para la emancipación del hombre y el fortalecimiento de la
democracia. En el campo del derecho es relevante el análisis desde la perspectiva de
derechos humanos y desde la perspectiva de las políticas que desarrolla el Estado. En
relación con el derecho a la educación no se han realizado trabajos de este tipo, mucho
menos que contemplen una norma de la provincia de la cual soy residente.
El Interrogante que me condujo a la realización de la presente Investigación fue la
curiosidad de establecer si la Ley Orgánica de Educación se encuentra en armonía con las
obligaciones que el Estado ha asumido en el marco del sistema Internacional de derechos
humanos, o si por el contrario, no lo esta.
Claramente complementaria el análisis de esta temática el estudio acerca de las
medidas concretas que lleva adelante el Estado para aplicar la mencionada legislación. Sin
embargo, por cuestiones metodológicas y temporales, solo me concentré en analizar la
situación en el plano de las normas. Ello sin perjuicio de que aspiro a realizar, en el futuro,
otro trabajo de Investigación que complete la presente y se enfoque en las acciones que el Estado efectivamente pone en marcha para hacer efectivo, en los hechos, el ejercicio del
derecho a la educación.
Como objetivo general me propuse analizar si el Estado de Río Negro, en su calidad
de garante del derecho a la educación, ha incorporado en el ámbito educativo provincial a la
educación para la ciudadanía en forma armoniosa con lo establecido en los Instrumentos y
tratados internacionales de derechos humanos.
Para ello desarrollé un esquema de objetivos específicos agrupando las unidades de
información siguiendo como criterio su jerarquía normativa y realicé una interpretación de
cada una que me permitiera identificar, por un lado, los elementos característicos del
derecho a la educación y, por otra parte, si la formación ciudadana constituía uno de los
objetivos que la educación debe perseguir. | |