dc.creatorRector (R)
dc.date2022-10-31
dc.date.accessioned2023-08-30T16:40:24Z
dc.date.available2023-08-30T16:40:24Z
dc.identifierR 2022 - 1040 R
dc.identifierhttp://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/10509
dc.identifier1876/2022
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8534925
dc.descriptionFil: Rector (R). Universidad Nacional de Río Negro. Río Negro, Argentina
dc.descriptionResolución Rectoral N° 1040/2022. Establecer el periodo de receso académico-administrativo estival anual para todas las dependencias de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO NEGRO, a partir del 26 de diciembre de 2022 y hasta el 20 de enero de 2023, ambas fechas inclusive. Establecer que en el periodo comprendido entre los días 26 y 30 de diciembre de 2022, las Autoridades Superiores deberán permanecer en funciones en el Rectorado y Sedes respectivas. Establecer que el personal Docente, Nodocente y las Autoridades Superiores deberán usufructuar su Licencia Anual Ordinaria (LAO) a partir del 2 de enero de 2023, fecha en la que se comenzara a contabilizar los días para el calculo de la LAO, de acuerdo a lo estipulado en la normativa aplicable a cada caso. El personal Docente debera hacer usufructo de su Licencia Anual Ordinaria (LAO) conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto N° 1246/2015, de acuerdo con lo detallado en el Anexo I de la presente. El personal Nodocente deberá hacer usufructo de su Licencia Anual Ordinaria (LAO) conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Nodocente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto N° 366/2006, de acuerdo con lo indicado en el Anexo II de la presente. Las Autoridades Superiores deberán hacer usufructo de su Licencia Anual Ordinaria conforme a lo establecido por Resolución CPyGE N° 58/2017 y según se señala en el Anexo III de la presente. Las licencias deberán solicitarse antes del viernes 25 de noviembre de 2022. El personal Docente y Nodocente deberá tramitarla por medio del Sistema de Gestión de Licencias. Las Autoridades Superiores, deberán hacerlo mediante la presentación del Formulario DRRHH 4 “Solicitud y justificación de licencias", ante la Sede respectiva o Rectorado, según corresponda.
dc.descriptiontrue
dc.formatapplication/pdf
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.subjectResolución Rectoral N° 1040/2022
dc.subject1040/2022
dc.subjectFormulario DRRHH 4 “Solicitud y justificación de licencias"
dc.subjectSistema de Gestión de Licencias
dc.subjectResolución CPyGE N° 58/2017
dc.subjectLicencia Anual Ordinaria
dc.subjectDecreto N° 366/2006
dc.subjectLicencia Anual Ordinaria
dc.titleResolución Rectoral N° 1040/2022. Establecer el periodo de receso académico-administrativo estival anual.


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