dc.creatorConsejo de Estado
dc.date2021-03-15T22:49:40Z
dc.date2021-03-15T22:49:40Z
dc.date2019-12-12
dc.date.accessioned2023-08-29T13:42:29Z
dc.date.available2023-08-29T13:42:29Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/26417
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8500752
dc.descriptionLos tutelantes presentaron acción de tutela el 6 de noviembre de 2019 , en la que solicitaron el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, que consideraron vulnerado por parte de la mencionada autoridad judicial, con la decisión dictada, por medio de la cual declaró fundado el recurso extraordinario de anulación interpuesto por el Municipio de San José de Cúcuta, contra el laudo arbitral de 14 de septiembre de 2015, proferido por el Tribunal de Arbitramento, por la causal novena del artículo 41 de la Ley 1563 de 2012 y, en consecuencia, anuló la totalidad de su parte resolutiva.
dc.descriptionDerecho al debido proceso
dc.descriptionPRIMERO: Negar el amparo deprecado por los ciudadanos RUBY ESMERALDA, JACKSON ALFONSO y BRAYNER FUENTES RAMÍREZ, de conformidad con la parte motiva de la presente decisión. SEGUNDO: Notificar a las partes según lo establecido por el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. TERCERO: En caso de no ser impugnada la presente decisión, enviar el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de conformidad con lo establecido por el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991. CUARTO: Devolver el expediente allegado en calidad de préstamo. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
dc.formatapplication/pdf
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectAcción de Tutela contra Laudo arbitral
dc.titleTutela - radicación n° 11001-03-15-000-2019-04755-00(AC)


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