dc.creatorCámara de Comercio de Bogotá
dc.creatorVicepresidencia de Servicios Registrales
dc.date2015-08-25T16:18:03Z
dc.date2015-08-25T16:18:03Z
dc.date2002-10-08
dc.date.accessioned2023-08-29T13:24:39Z
dc.date.available2023-08-29T13:24:39Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/13372
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8498801
dc.description¿Dado que el documento que contiene la liquidación de los negocios sucursales de la sociedad extranjera en Colombia, se debe inscribir en el registro mercantil. Para efecto del impuesta de registro, dicho documento se considera como un acto con o sin cuantía?
dc.descriptionServicios registrales
dc.descriptionEn relación con la base gravable esta constituida como principio general por el valor incorporado en el documento que contiene el acto , contrato o negocio jurídico, cuando se presenta para su inscripción en el registro mercantil de una sucursal de una sociedad extranjera en Colombia, el impuesto de registro se liquida y recauda tomando como base gravable el capital asignado a dicha sucursal.
dc.formatapplication/pdf
dc.publisherBogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2002
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá
dc.subjectRegistro Mercantil
dc.subjectLiquidación (Registro Mercantil)
dc.subjectDisolución (Registro Mercantil)
dc.subjectCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones
dc.subjectArtículo 28 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 247 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 495 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 497 Código de Comercio
dc.titlePetición N° 22981 ¿Dado que el documento que contiene la liquidación de los negocios sucursales de la sociedad extranjera en Colombia, se debe inscribir en el registro mercantil. Para efecto del impuesta de registro, dicho documento se considera como un acto con o sin cuantía?


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