dc.creatorCorte Suprema de Justicia
dc.date2021-02-24T03:22:22Z
dc.date2021-02-24T03:22:22Z
dc.date2018-04-04
dc.date.accessioned2023-08-29T13:23:14Z
dc.date.available2023-08-29T13:23:14Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/26261
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8498480
dc.description1. Las promotoras del amparo reclaman por intermedio de apoderado judicial, la protección constitucional de su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente conculcado por la Colegiatura accionada, con la decisión de fondo emitida dentro del litigio que en su contra promovió la señora Rafaela de Jesús Guardela Yepes. Solicitan entonces, de manera concreta, que se ordene a los integrantes del ente convocado, invalidar el laudo arbitral proferido el 7 de noviembre de 2017, y en consecuencia, «declarar que Yaneth de los Ángeles Díaz Romero en su calidad de persona natural, no está vinculada al contrato y como tal, no es deudora de ninguna de las sumas a las que se le condenó en [dicho proveído]»; y además, «declar[ar] como pagadas las utilidades retenidas, objeto del numeral tres de la primera pretensión de condena de la demanda» (...)
dc.descriptionDerecho al debido proceso
dc.descriptionEn mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia objeto de impugnación. Comuníquese telegráficamente lo aquí resuelto a las partes, al a-quo y, en oportunidad, remítase el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
dc.formatapplication/pdf
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectAcción de Tutela contra Laudo arbitral
dc.titleTutela - radicación n.° 08001-22-13-000-2017-00532-01


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