dc.creatorVicepresidencia Ejecutiva
dc.creatorCámara de Comercio de Bogotá
dc.date2014-12-02T21:36:56Z
dc.date2014-12-02T21:36:56Z
dc.date2013
dc.date.accessioned2023-08-29T13:22:04Z
dc.date.available2023-08-29T13:22:04Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/2732
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8498113
dc.descriptionServicios registrales
dc.description"Que el artículo 77 del actual Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece los requisitos para interponer los recursos ante la administración, y se indica lo siguiente: ""Requisitos. Por regla los recursos se interpondrán por escrito... Interponerse dentro del plazo, por lega, por el interesado o su representante o apoderado debidamente constituido."
dc.descriptionResoluciones
dc.formatapplication/pdf
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá
dc.subjectActos administrativos
dc.subjectCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones
dc.titleResolución No. 143: Por medio de la cual se rechaza un recurso de reposición y en subsidio de apelación


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