dc.creatorCámara de Comercio de Bogotá
dc.creatorVicepresidencia de Servicios Registrales
dc.date2015-08-31T20:51:51Z
dc.date2015-08-31T20:51:51Z
dc.date2014
dc.date.accessioned2023-08-29T13:04:24Z
dc.date.available2023-08-29T13:04:24Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/13474
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8496704
dc.descriptionServicios registrales
dc.descriptionAsí las cosas, la información remitida por la entidad estatal a través aplicativo dispuesto por la CONFEDERACION COLOMBIANA DE CÁMARAS DE COMERCIO – CONFECAMARAS, sólo podrá ser modificada por voluntad de la misma entidad que hizo el reporte, o cuando así se lo ordene a la entidad la autoridad judicial competente mediante providencia ejecutoriada. Así mismo, las controversias que se presenten respecto de esa información deberán surtirse ante la entidad estatal correspondiente y no podrán debatirse ante las cámaras de comercio, como lo establece el numeral 1.2.4.1.6.2 de la Circular Externa número 02 del 31 de enero de 2014, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio.
dc.formatapplication/pdf
dc.publisherBogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá
dc.subjectRegistro Mercantil
dc.subjectEntidades estatales
dc.subjectCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones
dc.titleDerecho de Petición 1-0000040665 ¿Las cámaras de comercio tienen capacidad para actualizar información que reportada en una entidad del Estado?


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