dc.creatorCámara de Comercio de Bogotá
dc.date2015-05-07T20:02:36Z
dc.date2015-05-07T20:02:36Z
dc.date2007
dc.date.accessioned2023-08-29T12:53:50Z
dc.date.available2023-08-29T12:53:50Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/13117
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8495638
dc.descriptionReformas de estatutos. - Proceso de restructuración. - Aumento de capital. - Competencia de los acreedores para aprobar reformas estatutarias.
dc.descriptionServicios registrales
dc.descriptionReformas estatutarias promovidas por acreedores - los acreedores de las empresas en restructuración están facultados para reformar los estatutos de la sociedad. Contenido y alcance del articulo 34 N° 10 ley 550 de 1999 - la regla general consagrada en el citado numeral 10 del artículo 34 es que un acuerdo de restructuración no conllevará tales cambios (refiriéndose a las reformas estatutarias). Sin embargo, la regla general tiene una excepción, consistente en que si los acreedores expresamente lo pactan en el acuerdo de restructuración, lo pactado por ellos aplicará cambios en los estatutos de la empresa en restructuración. Conclusión - si es posible, a través de un acuerdo de restructuración, así no sea la regla general, modificar los estatutos de las empresas reestructuradas.
dc.descriptionResoluciones
dc.descriptionNo revocar
dc.formatapplication/pdf
dc.publisherBogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2007
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá
dc.subjectSociedades Comerciales
dc.subjectSociedad Anónima
dc.subjectReformas estatutarias
dc.subjectCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones
dc.subjectArtículo 34 N° 10 Ley 550 de 1999
dc.subjectOficio N° 155-063744 de 2004 Superintendencia de Sociedades
dc.titleResolución N° 250 del 14 de noviembre de 2007: ¿Pueden los acreedores intervenir en reformas estatutarias dentro de empresas en procesos de restructuración?


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