dc.creatorCámara de Comercio de Bogotá
dc.creatorVicepresidencia de Servicios Registrales
dc.date2019-10-04T20:47:58Z
dc.date2019-10-04T20:47:58Z
dc.date2019-03-04
dc.date.accessioned2023-08-29T12:50:36Z
dc.date.available2023-08-29T12:50:36Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/24124
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8495037
dc.descriptionResolución 045 de 04 de marzo de 2019 Por la cual se resuelve un recurso de reposición y en subsidio de apelación en el registro mercantil, respecto de la inscripción a través de la cual se designó a los gerentes generales y al suplente del gerente general de la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL ORO CAMPO SA.
dc.descriptionReuniones universales- Supuestos para su configuración- Convocatoria- En este tipo de reuniones no es objeto de control por parte de las cámaras de comercio- Al respecto, la legislación mercantil vigente autoriza a la asamblea de accionistas a reunirse sin una convocatoria previa, cuando se encuentre presente o debidamente representado el 100% de las acciones suscritas que conforman la sociedad. El artículo 182 del Código de Comercio establece: “ARTÍCULO 182. CONVOCATORIA Y DELIBERACIÓN DE REUNIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS. “(…) La junta de socios o la asamblea se reunirá válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocación, cuando se hallare representada la totalidad de los asociados (…)” Teniendo en cuenta lo indicado en el Acta No. 021 del 04 de enero de 2019, al estar presente el 100% de las acciones que conforman el capital suscrito de la sociedad, se atiende a lo indicado en el descrito artículo 182 del Código de Comercio, pudiendo efectuarse la sesión extraordinaria de accionistas, aun sin haberse convocado previamente a dicha reunión. En relación con este tema, la Superintendencia de Industria y Comercio en Resolución No. 978 del 21 de enero de 2016, señaló: “Ahora bien, este Despacho debe manifestar que el control de legalidad que ejercen las cámaras de comercio respecto a la convocatoria se limita a verificar que la misma se haya efectuado conforme lo señalan los estatutos sociales en cuanto a órgano, medio y antelación. Sin embargo, cuando se trata de reuniones universales reguladas en el artículo 182 del Código de Comercio, es decir reuniones en las cuales concurren la totalidad de los socios o accionistas sin previa convocatoria, las entidades camerales no realizan control alguno respecto de la forma en que fue convocada la reunión. Lo anterior, por cuanto al estar presentes en la reunión la totalidad de los accionistas que representan el 100% de las acciones suscritas de la sociedad, ellos pueden prescindir de la convocatoria, tal como lo consagra expresamente el referido artículo... Así las cosas, en la medida en que estuvieron presentes la totalidad de los accionistas de la sociedad, subsana y obvia cualquier inconsistencia que se hubiere podido presentar en la convocatoria, por lo que no son de recibo los argumentos del recurrente…” Conforme a lo expuesto, fue procedente atender la petición de registro de la sesión extraordinaria realizada por la asamblea de accionistas, pues de conformidad con los estatutos y la ley, ellos son los competentes para designar a los representantes legales de la sociedad, quienes podían atender la sesión sin requerir la verificación de la convocatoria previa, toda vez que se encontraba presente el 100% de las acciones suscritas de la sociedad.
dc.descriptionResoluciones
dc.descriptionConfirmar el acto administrativo de registro
dc.descriptionResolución 9908 de 18 de 26 de abril de 2019 Superintendencia de Industria y Comercio
dc.formatapplication/pdf
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectReuniones universales
dc.subjectRequisitos para su configuración
dc.subjectCategorías Temáticas CCB::Cumplimiento Legal y Normativo
dc.subjectArtículo 182 Código de Comercio
dc.subjectResolución N° 978 del 21 de enero de 2016 Superintendencia de Industria y Comercio
dc.titleResolución 045 de 04 de marzo de 2019 ¿Cuando se configura una reunión universal y que controlan las cámaras de comercio en este tipo de reuniones?


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