dc.creatorSuperintendencia de Sociedades
dc.creatorDirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos
dc.date2022-07-11T19:49:44Z
dc.date2022-07-11T19:49:44Z
dc.date2022-04-22
dc.date.accessioned2023-08-29T12:25:15Z
dc.date.available2023-08-29T12:25:15Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/27850
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8490165
dc.descriptionLa resolución de la CCB rechaza el recurso de reposición interpuesto contra el acto administrativo de inscripción del representante legal de una SAS. La Cámara fundamentó su decisión en el hecho de que el recurso fue presentado de manera extemporánea, en atención a que fue invocado pasados los diez días hábiles contados desde la emisión del acto administrativo de inscripción. La resolución de la Superintendencia de Sociedades resuelve recurso de queja interpuesto en contra del acto administrativo de rechazo de recurso de reposición y en subsidio de apelación; rechazo motivado en su presentación extemporánea. La Superintendencia, tras referirse a la fecha de notificación de los actos administrativos de registro y el termino para ser recurridos, confirma el acto administrativo de rechazo.
dc.description1. Oportunidad para la presentación del recurso de reposición y en subsidio de apelación. “De lo anterior, se aprecia que los actos administrativos de registro se entienden notificados a los interesados (intervinientes y terceros) a partir del día en que se efectúa la correspondiente anotación en el registro público, cuando se publique la solicitud de inscripción en un medio electrónico. De ahí que, para el caso concreto, la inscripción del Acta n.° XX de XX se efectuó el 11 de enero de 2022, por lo tanto, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, es decir, hasta el 25 de enero de 2022, el recurrente podía presentar los respectivos recursos de reposición y en subsidio de apelación. Sin embargo, tal como se aprecia de los documentos que obran en el expediente, el recurrente presentó el recurso de reposición y en subsidio de apelación el 26 de enero de 2022, fecha en la cual el acto administrativo de inscripción ya se encontraba en firme.”
dc.descriptionResoluciones
dc.descriptionConfirma el acto administrativo que rechazó el recurso de reposición y en subsidio de apelación
dc.formatapplication/pdf
dc.formatapplication/pdf
dc.formatapplication/pdf
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectOportunidad para recurrir
dc.subjectActos administrativos de registro
dc.subjectNotificación actos administrativos de registro
dc.subjectAnotación en el registro público
dc.subjectActo administrativo en firme
dc.subjectRecurso de queja
dc.subjectMultisector
dc.subjectCategorías Temáticas CCB::Legal y Normativo
dc.subjectCódigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Artículo 74. Recursos contra los actos administrativos.
dc.subjectCódigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Artículo 76. Oportunidad y presentación
dc.subjectCódigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Artículo 77. Requisitos
dc.subjectCódigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Artículo 78. Rechazo del recurso
dc.subjectCódigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Artículo 70. Notificación de los actos de inscripción o registro
dc.subjectCircular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio adoptada por la Superintendencia de Sociedades mediante la Circular Externa N. 100-000017 del 27 de diciembre 2021, Numeral 3.3. del Capítulo III del Título VIII, causales de rechazo de recursos
dc.subjectLey 962 de 2005, Artículo 19. Publicidad y notificación de los actos de registro y término para recurrir
dc.titleResolución 303-8707 del 22 de abril de 2022 Notificación de actos administrativos de registro y término para recurrirlos
dc.typeOther


Este ítem pertenece a la siguiente institución