dc.contributorMarcenaro Jiménez, Giancarlo
dc.creatorBravo Bustamante, Margarita María
dc.creatorRivas Bock, Juan Felipe
dc.date2018-05-31T15:09:05Z
dc.date2020-04-16T13:15:00Z
dc.date2023-05-11T21:31:04Z
dc.date2018-05-31T15:09:05Z
dc.date2020-04-16T13:15:00Z
dc.date2023-05-11T21:31:04Z
dc.date2015-02-09
dc.date.accessioned2023-08-24T11:41:05Z
dc.date.available2023-08-24T11:41:05Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12032/119785
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8420234
dc.descriptionEl Código General del Proceso al haber otorgado facultades jurisdiccionales a los entes administrativos ha despertado varias posiciones que se contraponen. Pues son entes adscritos a la rama ejecutiva lo que llevaría a pensar que se está violando el principio de la división de poderes, pero por el otro lado, están los que sostienen que al otorgarle facultades jurisdiccionales a las entidades administrativas se aseguran fallos con conocimientos específicos y técnicos en un menor tiempo, lo que permite proteger de manera efectiva el cumplimiento de derechos y deberes que la propiedad intelectual confiere.
dc.formatPDF
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherPontificia Universidad Javeriana
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectFacultades jurisdiccionales
dc.subjectAutoridades administrativas
dc.subjectPropiedad intelectual
dc.subjectSuperintendencia de Industria y Comercio
dc.subjectDirección Nacional de Derechos de Autor
dc.titleFacultades jurisdiccionales de las entidades administrativas en relación con la protección a la propiedad intelectual


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